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Código de Procedimientos Penales Artículo 473 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Procedimientos Penales México
Artículo 473. Causas de revocación

La libertad condicional será revocada por el juez ejecutor de sentencias, en los

siguientes casos:

I. Por haber dejado de cumplir con alguna de las condiciones establecidas en este código; y

II. Por cometer un nuevo delito, y que dentro del término constitucional se le vincule a proceso, dejando sin efecto la revocación al existir resolución que lo deje en libertad definitiva.

Cuando se verifique la condición de alguna de estas circunstancias, el juez ejecutor de sentencias, revocará el beneficio concedido y el infractor cumplirá toda la parte de la pena que falte por compurgar.



Estado de México Artículo 473 Código de Procedimientos Penales
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