Imprimir

Código de Procedimientos Penales Artículo 77 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/10/2026

Código de Procedimientos Penales México
Artículo 77. Diligencias ministeriales fuera del Estado

Cuando tenga que practicarse una diligencia por el ministerio público fuera del Estado,

se encargará su cumplimiento a la procuraduría general de justicia de la entidad respectiva, conforme al convenio de colaboración correspondiente.

La entrega por parte de otras entidades federativas y del Distrito Federal, de los indiciados, procesados o sentenciados, así como la práctica del aseguramiento y entrega de objetos, instrumentos o productos del delito, se ajustarán a lo previsto en el párrafo segundo del artículo 119 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.



Estado de México Artículo 77 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...75 76 77 78 79 ...485

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?


Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse