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Código de Procedimientos Penales Artículo 40 Estado de Michoacán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 10/08/2026

Código de Procedimientos Penales Michoacán
Artículo 40. Modificaciones de la competencia

Las normas jurídicas relativas a las modificaciones de la competencia por el lugar y momento de su comisión y por la gravedad de la pena, se apoderan inmediatamente de las relaciones procesales en el estado en que se encuentren, pero será válido lo actuado de conformidad con la ley anterior durante su vigencia.



Estado de Michoacán Artículo 40 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...38 39 40 41 42 ...633

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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