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Código de Procedimientos Penales Artículo 587 Estado de Michoacán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/06/2025

Código de Procedimientos Penales
Artículo 587. Cancelación de documentos falsos

El juez, asistido de su secretario, ejecutará la parte de la sentencia firme en que declare la falsedad total o parcial de un documento público o privado, por medio de anotación al margen de cada página del documento, expresando la anulación parcial o total, según el caso, y los datos relativos al proceso en que se dictó el fallo. Lo anterior se hará constar en acta que se asentará en el proceso.

En caso de que el documento se haya inscrito en algún registro, se dirigirá comunicación al funcionario encargado del mismo para que cancele el asiento respectivo.



Estado de Michoacán Artículo 587 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...585 586 587 588 589 ...633

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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


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