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Código de Procedimientos Penales Artículo 234 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 10/10/2025

Código de Procedimientos Penales
Artículo 234. Errores formales

Los errores formales relacionados con la querella podrán subsanarse, cuando la víctima u ofendido se presente para enmendarlos, antes de que el Juez de Control resuelva sobre la solicitud de orden de aprehensión o se decrete la vinculación del imputado a proceso



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quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69


Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?


Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes


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