Código de Procedimientos Penales Artículo 309 Estado de Morelos
Código de Procedimientos Penales Morelos
Artículo 309. Resumen de las presentaciones de las partes
Al inicio de la audiencia, cada parte hará una exposición sintética de sus presentaciones.
Si el imputado no hubiere ejercido por escrito las facultades previstas en el artículo 305, el juez le otorgará la oportunidad de efectuarlo verbalmente en este momento.
Si el tercero demandado no contesta la demanda en tiempo y forma se le declarará rebelde, se tendrán por confesados los hechos de la demanda
Estado de Morelos Artículo 309 Código de Procedimientos Penales
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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