Código de Procedimientos Penales Artículo 271 Estado de Nayarit
Código de Procedimientos Penales Nayarit
Artículo 271.
A excepción de los elementos de convicción que hacen prueba al tenor de las disposiciones conducentes de este Capítulo, todos los demás medios de prueba que se previenen, constituyen meros indicios
Estado de Nayarit Artículo 271 Código de Procedimientos Penales
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Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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