Código de Procedimientos Penales Estado de Nayarit
Código de Procedimientos Penales Estado de Nayarit
- Artículo 1. El procedimiento penal tiene cinco periodos: I. El de averiguación...
- Artículo 2. Dentro del período de averiguación previa, el Ministerio Público deberá, en...
- Artículo 2 bis. En toda averiguación o proceso penal, la víctima o el ofendido por algún...
- Artículo 3. Los períodos constitucional, de instrucción y el de juicio, constituyen el...
- Artículo 4. En el periodo de ejecución, el Poder Ejecutivo, en los términos de la ley de...
- Artículo 5. Es tribunal competente para conocer de un delito, el del lugar en que fue...
- Artículo 6. En los casos de los artículos 2o y 3o del Código Penal, será competente el...
- Artículo 7. Es competente para conocer de los delitos continuados y de los permanentes,...
- Artículo 8. Para la decisión de las competencias se observarán las siguientes reglas:...
- Artículo 9. En materia penal no cabe prórroga ni renuncia de jurisdicción. La...
- Artículo 10. Ningún juez puede promover competencia a su superior jerárquico
- Artículo 11. Cuando los detenidos fueren reclamados por autoridades de dos o más partidos...
- Artículo 12. Las actuaciones podrán practicarse a toda hora y aún en los días inhábiles...
- Artículo 13. El Juez, el Ministerio Público y la Policía Estatal estarán acompañados en...
- Artículo 14. En las actuaciones no se emplearán abreviaturas, ni se rasparán las palabras...
- Artículo 15. Inmediatamente después de que se hayan asentado las actuaciones del día o...
- Artículo 16. Las promociones que se hagan por escrito deberán ser firmadas por su autor,...
- Artículo 17. Los secretarios deberán dar cuenta al Juez dentro del término de...
- Artículo 18. Cada diligencia se asentará en acta por separado. El inculpado, su...
- Artículo 19. No se entregarán los expedientes a las partes, las cuales podrán imponerse...
- Artículo 20. Si se perdiere algún expediente, se repondrá a costa del responsable, quien...
- Artículo 21. Los secretarios de los tribunales cotejarán las copias o testimonios de...
- Artículo 22. Las actuaciones deberán ser autorizadas inmediatamente por los funcionarios...
- Artículo 23. Las infracciones de las disposiciones contenidas en los artículos 14, 15,...
- Artículo 24. Cuando el inculpado, el ofendido o el denunciante, los testigos o los...
- Artículo 25. Las partes podrán recusar al intérprete motivando la recusación, y el...
- Artículo 26. Los testigos no podrán ser intérpretes
- Artículo 27. Si el inculpado, el ofendido o algún testigo fuere sordomudo, se le nombrará...
- Artículo 28. A los sordos y a los mudos que sepan leer y escribir, se les interrogará por...
- Artículo 29. Los funcionarios judiciales tienen el deber de mantener el buen orden y de...
- Artículo 30. Las fianzas que deban otorgarse ante los tribunales se sujetarán a las...
- Artículo 31. En materia penal no se pagarán costas. El empleado que las cobrare o...
- Artículo 32. Todos los gastos que se originen en las diligencias de Policía Estatal, en...
- Artículo 33. Cuando cambiare el personal de un tribunal, no se proveerá auto alguno...
- Artículo 34. Cuando esté plenamente comprobado en autos el delito de que se trata, el...
- Artículo 35. Cuando durante el procedimiento judicial se encontrare que el hecho que se...
- Artículo 36. Los tribunales deben dictar de oficio los trámites y providencias...
- Artículo 37. Son Correcciones Disciplinarias: I. Apercibimiento; II. Multa...
- Artículo 38. Contra cualquiera providencia en que se imponga alguna corrección...
- Artículo 39. El Ministerio Público en la averiguación previa y los tribunales, podrán...
- Artículo 40. Cuando tuviere que practicarse una diligencia, ya sea por la Policía Estatal...
- Artículo 41. Los tribunales, siempre que lo juzguen necesario para la pronta...
- Artículo 42. Se dará entera fe y crédito a los exhortos y requisitorias que libren los...
- Artículo 43. Los exhortos y requisitorias contendrán las inserciones necesarias, según la...
- Artículo 44. En casos urgentes se podrá usar el telégrafo; pero en el mensaje se...
- Artículo 45. Los exhortos a los tribunales extranjeros se remitirán por vía diplomática...
- Artículo 46. No será necesaria la legalización si las leyes o prácticas del Estado a cuyo...
- Artículo 47. Los exhortos provenientes del extranjero, además de llenar los requisitos...
- Artículo 48. El tribunal que recibiere un exhorto o requisitoria expedidos en debida...
- Artículo 49. Cuando hubieren de ser examinados miembros del Cuerpo Diplomático Mexicano...
- Artículo 50. Cuando un tribunal o juez no pudiere practicar por sí mismo, en todo o en...
- Artículo 51. Derogado
- Artículo 52. Derogado
- Artículo 53. Derogado
- Artículo 54. Cuando en la averiguación previa o judicial, el Ministerio Público estime...
- Artículo 55. Derogado
- Artículo 56. Cuando un funcionario de los que tienen facultad para ordenar el cateo usare...
- Artículo 57. Derogado
- Artículo 58. Para la práctica de un cateo en la residencia o despacho oficial de...
- Artículo 59. Derogado
- Artículo 60. En las casas que estén habitadas, el cateo se verificará sin causar a los...
- Artículo 61. Si de un cateo resultare casualmente el descubrimiento de un delito que no...
- Artículo 62. A excepción de los objetos que tengan relación con el delito que motivase el...
- Artículo 63. En la misma forma que determina este Capítulo se procederá, cuando mediare...
- Artículo 64. Los términos judiciales son improrrogables y empezarán a correr desde el día...
- Artículo 65. Los términos se contarán por días naturales, excepto los que se refieren a...
- Artículo 66. Con excepción de los altos funcionarios de la Federación y del Estado, que...
- Artículo 67. Las citaciones podrán hacerse verbalmente o por cédula, o por telégrafo,...
- Artículo 68. La cédula y el telegrama contendrán: I. La designación legal de la...
- Artículo 69. Cuando se haga la citación por cédula, deberá acompañarse a ésta un...
- Artículo 70. Cuando la citación se haga por telégrafo, se enviará por duplicado a la...
- Artículo 71. En caso de urgencia podrá utilizarse la vía telefónica, pudiendo hacer la...
- Artículo 72. También podrá citarse por teléfono a la persona que haya manifestado...
- Artículo 73. Cuando no se pueda hacer la citación verbalmente, se hará por cédula, la...
- Artículo 74. En el caso de citación por cédula cuando no se encuentre a quien va...
- Artículo 75. La citación de los militares y empleados oficiales, o particulares en alguna...
- Artículo 76. Cuando se ignorare la residencia de la persona que deba ser citada, se...
- Artículo 77. Las audiencias serán públicas y se llevarán a cabo concurran o no las...
- Artículo 78. Todos los que asistan a una audiencia estarán con la cabeza descubierta, con...
- Artículo 79. Cuando el orden no pudiere restablecerse por los medios expresados, se...
- Artículo 80. Durante la audiencia el inculpado podrá comunicarse con sus defensores, pero...
- Artículo 81. La práctica de las audiencias, podrá ser delegada por el Juzgador al...
- Artículo 82. Si el inculpado altera el orden en una audiencia, se le apercibirá de que si...
- Artículo 83. Si es el defensor quien altera el orden, se le apercibirá; y si continúa en...
- Artículo 84. Las resoluciones judiciales se clasifican en: decretos, si se refieren a...
- Artículo 85. Las sentencias contendrán: I. El lugar y fecha en que se pronuncien;...
- Artículo 86. Con excepción de los de mero trámite, los autos contendrán una breve...
- Artículo 87. Los autos de mero trámite deberán dictarse dentro de veinticuatro horas,...
- Artículo 88. Las resoluciones judiciales se dictarán por los respectivos magistrados o...
- Artículo 89. Para la validez de las sentencias y de los autos que no sean de mero...
- Artículo 90. Cuando alguno de los componentes de un tribunal colegiado no estuviere...
- Artículo 91. Los tribunales unitarios no podrán modificar ni variar sus sentencias...
- Artículo 92. Las resoluciones judiciales no se tendrán por consentidas, sino cuando...
- Artículo 93. Las notificaciones se harán a más tardar al día siguiente en que se dicten...
- Artículo 94. Las resoluciones contra las cuales proceda el recurso de apelación, se...
- Artículo 95. En los casos a que se refiere la segunda parte del artículo anterior, las...
- Artículo 96. Cuando el inculpado tenga varios defensores, designará a uno de ellos para...
- Artículo 97. Los funcionarios a quienes corresponda hacer las notificaciones que no sean...
- Artículo 98. Las personas que intervengan en el procedimiento penal designarán en la...
- Artículo 99. Las notificaciones personales se harán en el tribunal o en el domicilio...
- Artículo 100. Si se probare que no se hizo una notificación decretada, o que se hizo en...
- Artículo 101. Si a pesar de no haberse hecho la notificación en la forma que este Código...
- Artículo 102. Las notificaciones hechas contra lo dispuesto en este Capítulo serán nulas,...
- Artículo 102 bis. Los acuerdos reparatorios son aquéllos celebrados entre la víctima u...
- Artículo 102 ter. Las partes podrán celebrar acuerdos reparatorios de cumplimiento inmediato o...
- Artículo 102 quater. Los acuerdos reparatorios deberán ser aprobados por el Juez cuando sean de...
- Artículo 103. El Ministerio Público y sus auxiliares, de acuerdo con las órdenes que...
- Artículo 103 bis. Los delitos imprudenciales cometidos con motivo del tránsito de vehículos,...
- Artículo 104. El menor ofendido puede querellarse por sí mismo, y si a su nombre lo hace...
- Artículo 105. Toda persona que tenga conocimiento de la comisión de un delito que deba...
- Artículo 106. Toda persona que en ejercicio de funciones públicas tenga conocimiento de la...
- Artículo 106 bis. Toda persona está obligada a proporcionar la información o datos que se le...
- Artículo 107. Las denuncias y las querellas pueden formularse verbalmente o por escrito....
- Artículo 108. Cuando se presente la querella o la denuncia por escrito, deberá ser citado...
- Artículo 109. No se admitirá la intervención de apoderado jurídico para la presentación de...
- Artículo 110. Cuando en un negocio judicial se alegue sobre la falsedad de un documento, o...
- Artículo 111. En los casos del artículo anterior, se requerirá a quien haya exhibido el...
- Artículo 112. Inmediatamente que el ministerio público o los encargados de practicar en su...
- Artículo 113. En el caso del artículo anterior se procederá a levantar acta...
- Artículo 113 bis. En la averiguación previa en contra de personas que no hablen o no entiendan...
- Artículo 114. El Ministerio Público que inicie una averiguación previa podrá citar para...
- Artículo 115. Cuando una autoridad auxiliar del ministerio público, practique con ese...
- Artículo 116. Cuando ante el funcionario o agente que hubiere iniciado una averiguación se...
- Artículo 116 bis. Toda persona que haya de rendir declaración, en los casos de los artículos...
- Artículo 117. Cuando el inculpado fuese detenido o se presentare voluntariamente ante el...
- Artículo 118. Cuando se determine la internación de alguna persona a un hospital u otro...
- Artículo 119. El Ministerio Público expedirá las órdenes para la autopsia e inhumación del...
- Artículo 120. Si de las diligencias practicadas no resultan elementos bastantes para hacer...
- Artículo 121. En la práctica de las diligencias de Averiguación Previa, se aplicará en lo...
- Artículo 122. Cuando de la averiguación previa, el agente del ministerio público...
- Artículo 123. En cuanto aparezca de la averiguación previa que se han acreditado el cuerpo...
- Artículo 124. Al recibir el Ministerio Público diligencias de averiguación previa, si...
- Artículo 124 bis. Se concederá al inculpado la libertad sin caución alguna, por el Ministerio...
- Artículo 125. En ejercicio de la acción penal, corresponde al Ministerio Público: I....
- Artículo 126. El Ministerio Público no ejercitará la acción penal: I. Cuando los...
- Artículo 127. El Ministerio Público solamente puede desistirse de la acción penal: I....
- Artículo 128. Las resoluciones que se dicten en los casos a que se refieren los dos...
- Artículo 129. La víctima u ofendido por el delito no son parte en el proceso penal, sin...
- Artículo 130. El ministerio público acreditará el cuerpo del delito y la probable...
- Artículo 131. Cuando se trate de lesiones externas, se tendrá por comprobado el cuerpo del...
- Artículo 132. En el caso de lesiones internas, envenenamiento u otra enfermedad...
- Artículo 133. Si se tratare de homicidio, el cuerpo del delito se tendrá por comprobado...
- Artículo 134. Cuando el cadáver no se encuentre o por otro motivo no se haga la autopsia,...
- Artículo 135. En los casos de aborto o de infanticidio, el cuerpo del delito se tendrá por...
- Artículo 136. Los peritos médicos a que se refieren los artículos que anteceden, deberán...
- Artículo 137. En los casos de robo, el cuerpo del delito podrá comprobarse por alguno de...
- Artículo 138. Siempre que no fuere posible comprobar el cuerpo del delito de robo en la...
- Artículo 139. Derogado
- Artículo 140. El cuerpo de los delitos de peculado, abuso de confianza y fraude, si no...
- Artículo 141. Cuando tratándose del delito de ataques a las vías de comunicación no fuere...
- Artículo 142. Para la comprobación del cuerpo del delito, los funcionarios de Policía...
- Artículo 143. En los casos de manejo de vehículos en que el conductor se encuentre en...
- Artículo 144. Los instrumentos objetos, cosas, efectos, así como información o datos...
- Artículo 145. Al realizar el aseguramiento, los Agentes del Ministerio Público con el...
- Artículo 145 A. La autoridad judicial o el Ministerio Público deberán notificar la...
- Artículo 145 B. Cuando los bienes que se aseguren hayan sido previamente embargados,...
- Artículo 145 C. El aseguramiento decretado se inscribirá en el registro público que...
- Artículo 145 D. A los frutos o rendimientos de los bienes durante el tiempo del...
- Artículo 145 E. El aseguramiento de bienes no implica que éstos entren a la Hacienda Pública...
- Artículo 145 F. La moneda nacional o extranjera que se asegure, embargue o decomise, será...
- Artículo 145 G. La autoridad judicial o el Ministerio Público que asegure depósitos, títulos...
- Artículo 145 H. Las especies de flora y fauna de reserva ecológica que se aseguren, serán...
- Artículo 145 I. Tratándose de delitos culposos ocasionados con motivo del tránsito de...
- Artículo 145 J. Los inmuebles que se aseguren podrán quedar en posesión de su propietario,...
- Artículo 145 K. El aseguramiento no será causa para el cierre o suspensión de actividades de...
- Artículo 145 L. La devolución de bienes asegurados procede en los casos siguientes: I.-...
- Artículo 145 M. Cuando proceda la devolución de bienes asegurados, éstos quedarán a...
- Artículo 145 N. La devolución de los bienes asegurados incluirá la entrega de los frutos...
- Artículo 145 Ñ1. Cuando se determine por la autoridad competente la devolución de los bienes...
- Artículo 145 O. La autoridad judicial, mediante sentencia en el proceso penal...
- Artículo 145 P. Los instrumentos, objetos o productos del delito, respecto de los cuales se...
- Artículo 145 Q. Los objetos o valores que se encuentren a disposición de las autoridades...
- Artículo 145 R. Los recursos que se obtengan por la enajenación de los bienes decomisados en...
- Artículo 146. Siempre que sea necesario tener a la vista alguna de las cosas a que se...
- Artículo 147. Los cadáveres deberán ser siempre identificados por cualquier medio legal de...
- Artículo 148. Los cadáveres, previa una minuciosa inspección y descripción hecha por el...
- Artículo 149. En los casos de envenenamiento, se recogerán cuidadosamente las vasijas y...
- Artículo 150. Si el delito, fuere de falsificación de documento, además de la minuciosa...
- Artículo 151. La atención médica de quienes hayan sufrido lesiones provenientes de delito,...
- Artículo 152. En el caso de responsiva médica el lesionado tiene la obligación de...
- Artículo 153. La responsiva a que se refiere el artículo 151, impone al médico que la...
- Artículo 154. Los certificados de sanidad expedidos por médicos particulares estarán...
- Artículo 155. Cuando un lesionado necesite pronta curación, cualquier médico puede...
- Artículo 156. En los casos de delitos flagrante, cualquier persona puede detener al...
- Artículo 157. En casos urgentes el Ministerio Público podrá, bajo su responsabilidad...
- Artículo 157 bis. En los casos de delito flagrante y en los urgentes, ningún indiciado podrá...
- Artículo 158. Cuando estén reunidos los requisitos del artículo 16 constitucional, el...
- Artículo 159. Cuando se trate de la aprehensión de alguna persona cuyo paradero se ignore,...
- Artículo 160. Siempre que se lleve a cabo una aprehensión en virtud de orden judicial,...
- Artículo 161. Para dictarse una orden de aprehensión no será obstáculo la circunstancia de...
- Artículo 162. Si por datos posteriores el Ministerio Público estimare que ya no es...
- Artículo 163. Cuando se ejecute una orden de aprehensión dictada contra persona que maneje...
- Artículo 164. Al ser aprehendido un empleado o funcionario público, se comunicará la...
- Artículo 165. Cuando deba aprehenderse a un empleado oficial o a un particular, que en ese...
- Artículo 166. Para la aprehensión de un Funcionario Federal o del Estado, que goce de...
- Artículo 167. Al funcionario empleado o agente de la autoridad que efectúe una detención...
- Artículo 168. La declaración preparatoria se recibirá en el local al que tenga acceso el...
- Artículo 169. La declaración preparatoria comenzará por las generales del inculpado, en...
- Artículo 170. En ningún caso, y por ningún motivo, podrá el juez emplear la incomunicación...
- Artículo 171. Las contestaciones del inculpado podrán ser redactadas por él; si no lo...
- Artículo 172. Tanto la defensa como el Agente del Ministerio Público, a quien se citará...
- Artículo 173. En los casos en que el delito, por sancionarse con pena alternativa o no...
- Artículo 174. No pueden ser defensores los que se hallen presos ni los que estén...
- Artículo 175. El auto de formal prisión se dictará de oficio cuando de lo actuado...
- Artículo 176. Cuando el delito cuya existencia se haya comprobado no merezca sanción...
- Artículo 177. El auto de formal prisión o el de sujeción a proceso, se dictarán por el...
- Artículo 178. El auto de formal prisión se notificará al Jefe o responsable del...
- Artículo 179. Dictado el auto de formal prisión o el de sujeción a proceso, se...
- Artículo 180. El auto de formal prisión no revoca la libertad provisional concedida, salvo...
- Artículo 181. Si dentro del término constitucional no se reúnen los requisitos necesarios...
- Artículo 182. El tribunal ante el cual se ejercite la acción penal, practicará sin demora...
- Artículo 183. Derogado
- Artículo 184. Derogado
- Artículo 185. Derogado
- Artículo 186. Durante la instrucción, el Tribunal que conozca del proceso, deberá observar...
- Artículo 187. La instrucción deberá terminarse en el menor tiempo posible. Cuando exista...
- Artículo 188. Cuando el tribunal considere agotada la averiguación, mandará poner el...
- Artículo 189. En el auto de formal prisión o de sujeción a proceso, según corresponda, el...
- Artículo 190. Se admitirá como prueba en los términos del artículo 20 fracción V de la...
- Artículo 191. La confesión es la declaración voluntaria hecha por persona mayor de...
- Artículo 192. Si el delito dejare huellas materiales, se procederá a inspeccionar el lugar...
- Artículo 193. Para la descripción de lo inspeccionado se emplearán, según el caso,...
- Artículo 194. Al practicarse una inspección ocular podrá examinarse a las personas...
- Artículo 195. El encargado de practicar una inspección ocular podrá hacerse acompañar por...
- Artículo 196. En caso de lesiones, al sanar el lesionado se procurará hacer la inspección...
- Artículo 197. En los delitos sexuales y en el aborto, puede concurrir al reconocimiento...
- Artículo 198. La inspección ocular podrá tener el carácter de reconstrucción de hechos y...
- Artículo 199. La reconstrucción deberá practicarse precisamente a la hora y en el lugar...
- Artículo 200. No se practicará la reconstrucción sin que hayan sido examinadas las...
- Artículo 201. Cuando alguna de las partes solicite la reconstrucción, deberá precisar...
- Artículo 202. En la reconstrucción estarán presentes, si fuere posible, todos los que...
- Artículo 203. Cuando hubiere versiones distintas acerca de la forma en que ocurrieron los...
- Artículo 204. Siempre que para el examen de personas, hechos u objetos se requieran...
- Artículo 205. Los peritos que dictaminen serán dos o más, pero bastará uno cuando...
- Artículo 206. Cada una de las partes tendrá derecho a nombrar hasta dos peritos, a quienes...
- Artículo 207. Los peritos deberán tener titulo oficial en la ciencia o arte a que se...
- Artículo 208. También podrán ser nombrados peritos prácticos cuando no hubiere titulados...
- Artículo 209. La designación de peritos hecha por el tribunal o por el Ministerio Público,...
- Artículo 210. Si no hubiere peritos de los que menciona el artículo anterior y el tribunal...
- Artículo 211. Los peritos que acepten el cargo, con excepción de los oficiales titulados,...
- Artículo 212. El funcionario que practique las diligencias fijará a los peritos el tiempo...
- Artículo 213. Cuando se trate de una lesión proveniente de delito y el lesionado se...
- Artículo 214. La autopsia de los cadáveres de personas que hayan fallecido en un hospital...
- Artículo 215. Fuera de los casos previstos en los dos artículos anteriores, el...
- Artículo 216. Cuando el funcionario que practique las diligencias lo juzgue conveniente,...
- Artículo 217. El funcionario que practique las diligencias podrá hacer a los peritos todas...
- Artículo 218. Los peritos practicarán todas las operaciones y experimentos que su ciencia...
- Artículo 219. Los peritos emitirán su dictamen por escrito y lo ratificarán en diligencia...
- Artículo 220. Cuando las opiniones de los peritos discordaren, el funcionario que...
- Artículo 221. Cuando el peritaje recaiga sobre objetos que se consuman al ser analizados,...
- Artículo 222. Cuando el funcionario que practique las diligencias lo crea conveniente,...
- Artículo 223. Cuando se niegue o ponga en duda la autenticidad de un documento, podrá...
- Artículo 224. Toda persona que por cualquier medio haya tenido conocimiento directo sobre...
- Artículo 225. Durante la instrucción, el Juez podrá examinar a los testigos presentes cuya...
- Artículo 226. Toda persona que sea testigo está obligada a declarar respecto a los hechos...
- Artículo 227. No se obligará a declarar al cónyuge, concubina o concubinario del...
- Artículo 228. Si el testigo se hallare en el lugar de la residencia del funcionario que...
- Artículo 229. Cuando haya que examinar a los Altos Funcionarios de la Federación, o del...
- Artículo 230. Los testigos serán examinados en forma separada y sucesiva, procurando...
- Artículo 231. Cuando el testigo sea ciego, el juez nombrará una persona para que lo...
- Artículo 232. Antes de que los testigos comiencen a declarar, se les impondrá de las penas...
- Artículo 233. Después de tomarle la protesta de decir verdad, se preguntará al testigo su...
- Artículo 234. Los testigos declararán de viva voz sin que les sea permitido leer las...
- Artículo 235. Las declaraciones se redactarán con claridad y usando hasta donde sea...
- Artículo 236. Si la declaración se refiere a alguna cosa, después de interrogar al testigo...
- Artículo 237. Si la declaración es relativa a un hecho que hubiere dejado vestigios en...
- Artículo 238. Siempre que se examine a una persona cuya declaración sea sospechosa de...
- Artículo 239. Concluida la diligencia se leerá al testigo su declaración o la leerá él...
- Artículo 240. Si de lo actuado apareciere que algún testigo se ha producido con falsedad,...
- Artículo 241. Cuando tuviere que ausentarse del lugar en que se practiquen las diligencias...
- Artículo 242. Toda persona que tuviere que referirse a otra, lo hará de un modo claro y...
- Artículo 243. Cuando el que declara no pueda dar noticia exacta de la persona a quien se...
- Artículo 244. Al practicarse la confrontación se cuidará de: I. Que la persona que...
- Artículo 245. Si alguna de las partes solicita que se observen mayores precauciones que...
- Artículo 246. El que deba ser confrontado puede elegir el sitio en que quiera colocarse...
- Artículo 247. En la diligencia de confrontación se procederá colocando en una fila a la...
- Artículo 248. Cuando la pluralidad de las personas amerite varias confrontaciones, éstas...
- Artículo 249. Los careos de los testigos entre sí y con el procesado, o de aquéllos y de...
- Artículo 250. El careo solamente se practicará entre dos personas y no concurrirán a la...
- Artículo 251. Nuca se hará constar en una diligencia más de un careo. La autoridad que...
- Artículo 252. Los careos se practicarán dando lectura, en lo conducente, a las...
- Artículo 253. Derogado
- Artículo 254. El tribunal recibirá las pruebas documentales que le presenten las partes en...
- Artículo 255. Cuando alguna de las partes pidiere por conducto del tribunal copia o...
- Artículo 256. Los documentos existentes fuera de la jurisdicción del tribunal en que se...
- Artículo 257. La correspondencia particular y demás documentos privados, presentados u...
- Artículo 258. Cuando se considere que en la correspondencia dirigida al inculpado puedan...
- Artículo 259. La correspondencia recogida se abrirá por el juez en presencia de su...
- Artículo 260. El tribunal podrá ordenar que se faciliten por cualquiera oficina...
- Artículo 261. Cuando a solicitud de parte legítima, el tribunal mande sacar testimonio de...
- Artículo 262. Los documentos redactados en idioma extranjero se presentarán originales...
- Artículo 263. Los jueces y tribunales apreciarán las pruebas, con sujeción a las reglas de...
- Artículo 264. La confesión ante el Ministerio Público y ante el Juez deberá reunir los...
- Artículo 265. Los documentos públicos harán prueba plena, salvo el derecho de las partes...
- Artículo 266. Son documentos públicos los que señale como tales el Código de...
- Artículo 267. Los documentos privados solo harán prueba plena contra su autor, si fueren...
- Artículo 268. La inspección judicial, así como el resultado de las visitas domiciliarias o...
- Artículo 269. La fuerza probatoria de los testimonios queda al prudente arbitrio del...
- Artículo 270. Los tribunales apreciarán los dictámenes periciales, aún los de los peritos...
- Artículo 271. A excepción de los elementos de convicción que hacen prueba al tenor de las...
- Artículo 272. Los tribunales, según la naturaleza de los hechos y el enlace lógico y...
- Artículo 273. Los tribunales, en sus resoluciones, expondrán los razonamientos que hayan...
- Artículo 274. No podrá condenarse a un acusado, sino cuando se pruebe que cometió el...
- Artículo 275. El sobreseimiento procederá en los casos siguientes: I. Cuando el...
- Artículo 276. El procedimiento se dará por terminado y el expediente se mandará archivar...
- Artículo 277. El sobreseimiento se decretará de oficio o a petición de parte en los casos...
- Artículo 278. El sobreseimiento se resolverá de plano cuando se decrete de oficio; si...
- Artículo 279. No podrá dictarse auto de sobreseimiento después de que hayan sido...
- Artículo 280. El inculpado a cuyo favor se haya decretado el sobreseimiento, será puesto...
- Artículo 281. El auto de sobreseimiento surtirá los efectos de una sentencia absolutoria.
- Artículo 282. Cerrada la instrucción se mandará poner la causa a la vista del Ministerio...
- Artículo 283. El Ministerio Público, al formular su conclusiones, hará una exposición...
- Artículo 284. En el primer caso de la parte final del artículo anterior, deberá fijar en...
- Artículo 285. Si las conclusiones del Ministerio Público fueren de no acusación, deberán...
- Artículo 286. Derogado
- Artículo 287. Las conclusiones acusatorias formuladas por el ministerio Público, se harán...
- Artículo 288. Si al concluirse el término concedido al acusado y a su defensor, éstos no...
- Artículo 289. Transcurrido el término de cinco días que establece el Artículo 282, sin que...
- Artículo 290. El mismo día en que el inculpado o su defensor presenten sus conclusiones, o...
- Artículo 291. En la audiencia podrán interrogar al acusado sobre los hechos materia del...
- Artículo 292. Derogado
- Artículo 293. La aclaración procede únicamente tratándose de sentencias definitivas y solo...
- Artículo 294. La aclaración se pedirá ante el tribunal que haya dictado la sentencia...
- Artículo 295. De la solicitud respectiva se dará vista a las otras partes por tres días,...
- Artículo 296. El tribunal resolverá dentro de tres días si es de aclararse la sentencia y...
- Artículo 297. Cuando el tribunal que dictó la sentencia estime que de oficio debe...
- Artículo 298. En ningún caso se alterará a pretexto de aclaración, el fondo de la...
- Artículo 299. La resolución en que se aclare una sentencia se reputará parte integrante de...
- Artículo 300. Contra la resolución que se dicte otorgando o negando la aclaración, no...
- Artículo 301. La aclaración propuesta interrumpe el término señalado para la apelación
- Artículo 302. Son irrevocables y causan ejecutoria: I. Las sentencias pronunciadas en...
- Artículo 303. Solamente los autos contra los cuales no se concede por este Código, el...
- Artículo 304. El recurso deberá interponerse en el acto de la notificación o dentro de las...
- Artículo 305. El recurso de apelación tiene por objeto examinar si en la resolución...
- Artículo 306. La segunda instancia se abrirá a petición de parte legítima, para resolver...
- Artículo 307. Tienen derecho de apelar: el Ministerio Público, el inculpado o los...
- Artículo 308. Son apelables en ambos efectos solamente las sentencias definitivas en que...
- Artículo 309. Son apelables en efecto devolutivo: I. Las sentencias definitivas que...
- Artículo 310. La apelación podrá interponerse en el acto de la notificación o por escrito...
- Artículo 311. Al notificarse al acusado la sentencia definitiva de primera instancia, se...
- Artículo 312. Interpuesto el recurso dentro del término legal, el tribunal que dictó la...
- Artículo 313. Si el apelante fuere el acusado, al admitirse el recurso se le prevendrá que...
- Artículo 314. Admitida la apelación en ambos efectos, se remitirá original el proceso al...
- Artículo 315. Recibido el proceso o el testimonio autorizado de constancias, el tribunal...
- Artículo 316. Dentro de los tres días a que se refiere el artículo anterior, las partes...
- Artículo 317. Si después de la celebración de la vista el tribunal encontrare...
- Artículo 318. Si dentro del término a que se refiere al artículo 315 alguna de las partes...
- Artículo 319. Sólo se admitirá la prueba testimonial en segunda instancia, cuando los...
- Artículo 320. El tribunal de apelación tiene facultad para admitir las pruebas que no se...
- Artículo 321. Las partes podrán tomar en la secretaría del tribunal los apuntes que...
- Artículo 322. El día señalado para la vista, comenzará la audiencia por la relación del...
- Artículo 323. Declarado visto el asunto, quedará cerrado el debate, y el tribunal de...
- Artículo 324. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, si después de celebrada la...
- Artículo 325. Si solamente hubiere apelado el procesado o su defensor, no se podrá...
- Artículo 326. La reposición del procedimiento se decretará a petición de parte, debiendo...
- Artículo 327. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, si el tribunal de...
- Artículo 328. Habrá lugar a la reposición del procedimiento por alguna de las causas...
- Artículo 329. Notificado el fallo a las partes se remitirá, desde luego, la ejecutoria al...
- Artículo 330. Siempre que el tribunal de apelación encuentre que se retardó indebidamente...
- Artículo 331. La misma multa a que se refiere el artículo 306, se impondrá al defensor...
- Artículo 331 bis. Procede el recurso de revisión en contra de las resoluciones dictadas por el...
- Artículo 332. El recurso de denegada apelación procede cuando ésta se haya negado, o...
- Artículo 333. El recurso deberá interponerse por escrito ante el Supremo Tribunal de...
- Artículo 334. El tribunal de apelación en el auto que dé entrada al recurso, pedirá al...
- Artículo 335. Cuando el juez no cumpliere con lo prevenido en el artículo anterior, de...
- Artículo 336. Recibido el informe, el tribunal de apelación sin más trámite citará para...
- Artículo 337. Cuando el informe resultare oscuro o insuficiente, el tribunal podrá...
- Artículo 338. Todo inculpado tendrá derecho durante la averiguación previa o el proceso a...
- Artículo 338 bis. En caso de delitos no graves, el juez podrá negar a solicitud del Ministerio...
- Artículo 339. La libertad bajo caución podrá pedirse en cualquier tiempo por el acusado,...
- Artículo 340. Cuando proceda la libertad caucional, inmediatamente que se solicite se...
- Artículo 341. Si se negare la libertad caucional, podrá solicitarse de nuevo y concederse...
- Artículo 342. El monto de la caución se fijará por el tribunal, quien tomará en...
- Artículo 343. La naturaleza de la caución quedará a elección del inculpado, quien al...
- Artículo 344. La caución podrá consistir: I. En depósitos en efectivo, hecho por el...
- Artículo 344 bis. A petición del procesado, la caución que garantice el cumplimiento de sus...
- Artículo 345. Derogado
- Artículo 346. Derogado
- Artículo 347. El fiador propuesto, salvo cuando se trate de las mencionadas empresas...
- Artículo 348. El Tribunal Superior de Justicia llevará un registro de las fianzas...
- Artículo 349. Al notificarse al inculpado el auto que le concede la libertad caucional, se...
- Artículo 350. Cuando el inculpado haya garantizado por sí mismo su libertad con depósito o...
- Artículo 351. Cuando un tercero haya garantizado la libertad del inculpado por medio de...
- Artículo 352. En los casos de las fracciones I y VII del artículo 350, se mandará...
- Artículo 353. Cuando un tercero haya constituido depósito, fianza o hipoteca, para...
- Artículo 354. El tribunal ordenará la devolución del depósito o mandará cancelar la...
- Artículo 355. La libertad por desvanecimiento de datos procede en los siguientes casos:...
- Artículo 356. El incidente de libertad deberá promoverse por cualquiera de las partes,...
- Artículo 357. La solicitud del Ministerio Público para que se conceda la libertad por...
- Artículo 358. Cuando el inculpado solamente haya sido declarado sujeto a proceso, se podrá...
- Artículo 359. La resolución que declare procedente el incidente de libertad por...
- Artículo 360. La resolución que declare procedente la libertad por desvanecimiento de...
- Artículo 361. Las cuestiones de competencia pueden iniciarse por declinatoria o por...
- Artículo 362. La declinatoria se intentará ante el tribunal que conozca del asunto,...
- Artículo 363. La declinatoria deberá promoverse durante la instrucción, y el tribunal que...
- Artículo 364. Propuesta la declinatoria, el tribunal mandará dar vista de la solicitud a...
- Artículo 365. La declinatoria puede iniciarse y sostenerse de oficio por los tribunales, y...
- Artículo 366. El tribunal que reciba las actuaciones del que se hubiere declarado...
- Artículo 367. La inhibitoria se intentará ante el tribunal al que se considere competente,...
- Artículo 368. El que promueva la inhibitoria puede desistirse de ella antes de que sea...
- Artículo 369. El tribunal mandará dar vista al Ministerio Público, cuando éste no hubiere...
- Artículo 370. Luego que el tribunal requerido reciba inhibitoria, señalará a las demás...
- Artículo 371. Los incidentes sobre competencia se tramitarán siempre por separado.
- Artículo 372. El Supremo Tribunal de Justicia en los casos de los artículos 366 y 367,...
- Artículo 373. Todo lo actuado en contravención a lo dispuesto en el artículo 363, será...
- Artículo 374. Los magistrados y jueces deben excusarse en los asuntos en que intervengan,...
- Artículo 375. Las causas de impedimento no pueden dispensarse por voluntad de las partes
- Artículo 376. El impedimento se calificará por el superior a quien correspondería juzgar...
- Artículo 377. Cuando un magistrado, juez o secretario no se excuse a pesar de tener algún...
- Artículo 378. La recusación deberá interponerse hasta antes de la audiencia de juicio en...
- Artículo 379. Si después de la citación para sentencia o para la vista hubiere cambio en...
- Artículo 380. Toda recusación que no fuere promovida en tiempo y forma, será desechada de...
- Artículo 381. Cuando un magistrado o juez estimen cierta y legal la causa de recusación y...
- Artículo 382. Cuando los funcionarios a que se refiere el artículo anterior, estimen que...
- Artículo 383. Interpuesta la recusación, el recusado deberá dirigir oficio a quien deba...
- Artículo 384. En el caso del artículo 382, recibido el escrito de la parte que haya...
- Artículo 385. Dentro de cinco días, contados desde el siguiente al en que se reciban los...
- Artículo 386. Concluido el término probatorio, dentro de las cuarenta y ocho horas...
- Artículo 387. Cuando se deseche la recusación, se impondrá al recusante una multa de...
- Artículo 388. Admitido un impedimento o calificada como legal la causa de una recusación,...
- Artículo 389. No procede la recusación: I. Al cumplimentar exhortos; II. En los...
- Artículo 390. Los secretarios de los tribunales quedan comprendidos en lo dispuesto en...
- Artículo 391. De las recusaciones en contra de los secretarios de los Juzgados de Primera...
- Artículo 392. Reconocida por el recusado como cierta la causa de recusación, o admitido...
- Artículo 393. Los funcionarios del Ministerio Público deben excusarse en los asuntos en...
- Artículo 394. Los impedimentos de los funcionarios del Ministerio Público, serán...
- Artículo 395. Iniciado el procedimiento judicial, no podrá suspenderse sino en los casos...
- Artículo 396. Lo dispuesto en la fracción I del artículo anterior se entiende sin...
- Artículo 397. Desaparecidas las causas que dieron origen a la suspensión, de oficio o a...
- Artículo 398. El tribunal resolverá de plano sobre la suspensión del procedimiento, con la...
- Artículo 399. La acumulación tendrá lugar: I. En las averiguaciones o procesos que se...
- Artículo 400. Los delitos son conexos: I. Cuando han sido cometidos por varias...
- Artículo 401. La acumulación solo podrá decretarse cuando los procesos se encuentren en...
- Artículo 402. Cuando alguno de los procesos ya no estuviere en estado de instrucción, pero...
- Artículo 403. Podrán promover la acumulación: el Ministerio Público, el procesado o sus...
- Artículo 404. Cuando los procesos o averiguaciones se sigan en distintos juzgados, será...
- Artículo 405. La acumulación deberá promoverse ante el tribunal que, conforme al artículo...
- Artículo 406. Los incidentes de acumulación se substanciarán por separado, sin suspenderse...
- Artículo 407. Serán aplicables las disposiciones de este Capítulo a las averiguaciones que...
- Artículo 408. El juez que conozca de los procesos acumulados puede ordenar su separación,...
- Artículo 409. Contra el auto en que se declare no haber lugar a la separación de procesos,...
- Artículo 410. Si se decretare la separación, conocerá del proceso el juez que, conforme a...
- Artículo 411. El incidente sobre separación de procesos se substanciará por separado y en...
- Artículo 412. El auto que decrete la separación, es apelable en el efecto devolutivo,...
- Artículo 413. Cuando varios jueces o tribunales conocieren de procesos cuya separación se...
- Artículo 414. La responsabilidad civil deberá promoverse dentro del período de...
- Artículo 415. En el escrito de promoción se expresarán sucintamente y enumerados, los...
- Artículo 416. Con el escrito a que se refiere el artículo anterior y con los documentos...
- Artículo 417. No compareciendo el demandado, o transcurrido el periodo de prueba, en su...
- Artículo 418. Cuando la procedencia de la responsabilidad civil, dependa del resultado del...
- Artículo 419. Cuando el incidente tenga por objeto la restitución de la cosa objeto del...
- Artículo 420. Cuando durante la tramitación del incidente muera el promovente, podrá...
- Artículo 421. La parte civil podrá solicitar el aseguramiento de bienes del procesado que...
- Artículo 422. Cuando el incidente intentado no pudiera resolverse en el curso del proceso...
- Artículo 423. Concluido el incidente por resolución condenatoria que cause estado, la...
- Artículo 424. Será apelable en un solo efecto la resolución que resuelva el incidente...
- Artículo 425. Todas las cuestiones que se propongan durante la tramitación de un juicio...
- Artículo 426. Cuando la cuestión sea de obvia resolución y las partes no solicitaren...
- Artículo 427. Las cuestiones que, a juicio del juez, no puedan resolverse de plano, o...
- Artículo 428. Hecha la promoción se dará vista con ella a las partes para que contesten en...
- Artículo 429. Si el juez lo creyere conveniente, o alguna de las partes lo pidiere, citará...
- Artículo 430. Con los sordomudos o ciegos de nacimiento que contravengan la ley penal, se...
- Artículo 431. El Ministerio Público y el defensor podrán nombrar un perito médico para que...
- Artículo 432. El perito psiquiatra o quien haga sus veces, tendrá la facultad más amplia...
- Artículo 433. El dictamen concluirá expresando si el inculpado padece algún proceso...
- Artículo 434. Si el dictamen precisa que el inculpado sufre algún proceso psicopatológico...
- Artículo 435. Si se tiene por acreditado que el estado mental del inculpado no le permite...
- Artículo 436. Cuando se compruebe la existencia del hecho delictuoso y que en él tuvo...
- Artículo 437. Si se comprueba que el inculpado aun cuando esté en alguno de los casos a...
- Artículo 438. Si al tomarse al inculpado, su declaración preparatoria, el tribunal estima...
- Artículo 439. Para que la reclusión provisional pueda prolongarse por más de setenta y dos...
- Artículo 440. Durante el tiempo de la reclusión el tribunal proveerá a la observancia de...
- Artículo 441. Cuando el Tribunal estime procedente entregar al inculpado a la persona a...
- Artículo 442. En los casos en que proceda entregar al inculpado a alguna de las personas a...
- Artículo 443. Cuando desde las diligencias de Policía Estatal aparezca que hay motivo...
- Artículo 444. En el caso a que se refiere la fracción II del artículo 395, se remitirá al...
- Artículo 445. Las medidas impuestas con motivo de las infracciones cometidas por menores...
- Artículo 446. En toda sentencia condenatoria, el Tribunal que la dicte prevendrá que se...
- Artículo 447. La ejecución de las sentencias irrevocables en materia penal corresponde al...
- Artículo 448. El Ministerio Público cumplirá con la obligación que le impone el artículo...
- Artículo 449. Pronunciada una sentencia irrevocable condenatoria, el tribunal o juez que...
- Artículo 450. Cuando un reo enloquezca después de haberse dictado en su contra sentencia...
- Artículo 451. Cuando los tribunales decreten el decomiso de instrumentos u objetos del...
- Artículo 452. Las pruebas que se promuevan para acreditar los requisitos que exige el...
- Artículo 453. Al formular conclusiones el Agente del Ministerio Público o el defensor, si...
- Artículo 454. Si el procesado o su defensor no hubieren solicitado en sus conclusiones el...
- Artículo 455. Cuando por alguna de las causas que señala el artículo 80 del Código Penal...
- Artículo 456. La libertad condicional debe solicitarse ante el Juez de Ejecución...
- Artículo 457. Recibida la solicitud, se recabarán los datos necesarios para determinar el...
- Artículo 458. Cuando se conceda la libertad condicional, se recibirá una información sobre...
- Artículo 459. Admitida dicha persona, otorgará la fianza en los términos que este Código...
- Artículo 460. El salvoconducto a que se refiere el artículo anterior se remitirá al jefe...
- Artículo 461. El reo deberá presentar el salvoconducto, siempre que sea requerido para...
- Artículo 462. Cuando el que goce de libertad condicional se encuentre en alguno de los...
- Artículo 463. Cuando el reo cometiere un nuevo delito, el Tribunal que conozca de éste...
- Artículo 464. DEROGADO
- Artículo 465. DEROGADO
- Artículo 466. DEROGADO
- Artículo 467. DEROGADO
- Artículo 468. El que hubiere sido condenado por sentencia irrevocable y se encontrare en...
- Artículo 469. Recibida la solicitud se resolverá sin más trámite, lo que fuere procedente....
- Artículo 470. El sentenciado a quien favorezca lo señalado en el artículo 85 o se...
- Artículo 471. DEROGADO
- Artículo 472. El reconocimiento judicial de la inocencia del sentenciado se declarará,...
- Artículo 473. El sancionado que se crea con derecho para pedir el reconocimiento de su...
- Artículo 474. Recibida la solicitud, el Supremo Tribunal de Justicia pedirá inmediatamente...
- Artículo 475. A los cinco días de celebrada la vista, el Tribunal declarará si es o no...
- Artículo 476. Todas las resoluciones en que se reconozca la inocencia del sentenciado, se...
- Artículo 477. Extinguida la sanción impuesta por cualquiera de las formas que establece la...
- Artículo 478. El interesado deberá acompañar a su solicitud de rehabilitación: A) Un...
- Artículo 479. Concedida la rehabilitación, se hará del conocimiento del tribunal que...
- Artículo 480. El Departamento de Prevención y Readaptación Social de Nayarit, dependiente...
- Artículo 481. Compete al Departamento de Prevención y Readaptación Social: I. Dirigir...
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?
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