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Código de Procedimientos Penales Artículo 300 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Procedimientos Penales Puebla
Artículo 300. Pluralidad de agentes del Ministerio Público

Si dos o más agentes del Ministerio Público investigan los mismos hechos y con ese motivo se afecta el derecho de defensa del imputado, las actuaciones se podrán acumular de acuerdo a las reglas generales previstas en este ordenamiento



Estado de Puebla Artículo 300 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...298 299 300 301 302 ...551

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