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Código de Procedimientos Penales Artículo 374 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Procedimientos Penales Puebla
Artículo 374. Debate sobre los datos o elementos ofrecidos por los intervinientes

Durante la audiencia intermedia cada parte podrá formular las solicitudes, observaciones y planteamientos que estime relevantes, con relación a los datos o elementos ofrecidos por las demás, para los fines de exclusión de los mismos.

A instancia de cualquiera de los intervinientes, podrán desahogarse en la audiencia datos o elementos encaminados a demostrar la ilicitud de alguno de los ofrecidos por la contraparte.

El Ministerio Público podrá ofrecer datos o elementos en la audiencia, únicamente con el fin de contradecir directamente los aportados por la defensa



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