Código de Procedimientos Penales Artículo 493 Estado de Puebla
Código de Procedimientos Penales Puebla
Artículo 493. Emplazamiento
Presentado el recurso, el Juez emplazará de inmediato a los otros intervinientes para que comparezcan a contestarlo en el plazo de tres días y transcurrido éste, remitirá la resolución y copia certificada de los registros de las actuaciones judiciales pertinentes a la alzada en un término de tres días.
Si se producen adhesiones durante el emplazamiento, correrá traslado a los otros intervinientes para que contesten la adhesión en un plazo igual. Integrado el recurso, se remitirán las actuaciones a la sala de apelación respectiva para que resuelva
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No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
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