Código de Procedimientos Penales Artículo 3 Estado de San Luis Potosí
Código de Procedimientos Penales San Luis Potosí
Artículo 3.
Dentro del período de averiguación previa, el Ministerio Público, en ejercicio de sus facultades, deberá:
I.Recibir las denuncias o querellas que le presenten en forma oral o por escrito sobre hechos que puedan constituir un delito;
II.Practicar y ordenar la realización de todos los actos conducentes a la comprobación del cuerpo del delito, la demostración de la probable responsabilidad del inculpado y el daño causado para su reparación;
III.Solicitar a la autoridad jurisdiccional las medidas precautorias de, intervención; aseguramiento o, embargo que resulten indispensables para la averiguación previa, así como las órdenes de cateo que procedan;
IV.Acordar la detención o retención de los inculpados, cuando así proceda;
V.Dictar todas las medidas y providencias necesarias para proporcionar seguridad y auxilio a las víctimas;
VI.Asegurar o restituir al ofendido en sus derechos, en los términos del artículo 48 de este ordenamiento;
VII.Determinar si ejercita o no acción penal;
VIII.Acordar y notificar al ofendido o la víctima el no ejercicio de la acción penal y, en su caso, resolver sobre la inconformidad que aquellos formulen;
IX.Conceder cuando proceda, la libertad provisional del inculpado;
X.Procurar la conciliación de los interesados, en los términos del artículo 155 de este Código;
XI.Canalizar a las víctimas a las instituciones competentes para que les proporcionen la atención necesaria, en los términos de la ley de la materia, y
XII.Las demás que señalen las leyes.
La Policía Ministerial del Estado actuará bajo la autoridad y mando inmediato del Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estado de San Luis Potosí Artículo 3 Código de Procedimientos Penales
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
Leer de nuevo
Código para la Biodiversidad México Artículo 2.51. Código de Procedimientos Civiles Campeche Artículo 910.Recomendados
Código Nacional de Procedimientos Penales Federal Artículo 3. Código Hacendario Municipal Veracruz Artículo 98. Código de Procedimientos Penales Chiapas Artículo 268. Personas incapaces Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes Federal Artículo 204. Formulación de la petición Código Civil Veracruz Artículo 2349.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios