Código de Procedimientos Penales Artículo 51 Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Penales Veracruz
Artículo 51. Valoración
La inobservancia de los preceptos de esta sección o la falta de razonamiento de los motivos que sustentan una manera de proceder alternativa, impedirán aprovechar la declaración para fundar cualquier decisión contra el imputado o acusado, total o parcialmente, aun cuando él hubiere dado su consentimiento expreso para infringir alguna regla o para utilizar su declaración.
Las inobservancias formales que no resulten trascendentes podrán ser corregidas durante el acto o con posterioridad a éste. Quien deba valorar el acto apreciará si esas inobservancias podrían representar un menoscabo para la libertad de decisión, la memoria, la capacidad de comprensión y de dirección de los actos del imputado, en cuyo caso procederá conforme al párrafo anterior
Estado de Veracruz Artículo 51 Código de Procedimientos Penales
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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