Código Electoral Artículo 302 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Electoral
Artículo 302.
1. Celebrada la audiencia, la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos deberá turnar de forma inmediata el expediente completo, exponiendo en su caso, las medidas cautelares y demás diligencias que se hayan llevado a cabo, al Tribunal Electoral, así como un informe circunstanciado.
a) El informe circunstanciado deberá contener por lo menos, lo siguiente:
b) La relatoría de los hechos que dieron motivo a la queja o denuncia;
c) Las diligencias que se hayan realizado por la autoridad;
d) Las pruebas aportadas por las partes;
e) Las demás actuaciones realizadas; y
f) Las conclusiones sobre la queja o denuncia.
2. Del informe circunstanciado se enviará una copia a la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto para su conocimiento.
3. Recibido el expediente, el Tribunal Electoral actuará conforme lo dispuesto en la legislación aplicable.
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 302 Código Electoral
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A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
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