Código Electoral Artículo 319 Estado de Colima
Código Electoral Colima
Artículo 319.
El órgano del INSTITUTO que reciba o promueva la denuncia la remitirá inmediatamente la Comisión de Denuncias y Quejas, para que ésta la examine junto con las pruebas aportadas.
La denuncia será desechada de plano por la Comisión de Denuncias y Quejas, sin prevención alguna, cuando:
I. No reúna los requisitos indicados en el artículo anterior;
II. Los hechos denunciados no constituyan una violación en materia de propaganda político-electoral;
III. El denunciante no aporte ni ofrezca prueba alguna de sus dichos; o
IV. La denuncia sea evidentemente frívola.
La Comisión de Denuncias y Quejas deberá admitir o desechar la denuncia en un plazo no mayor a 24 horas posteriores a su recepción. En caso de desechamiento, notificará al denunciante su resolución, por el medio más expedito a su alcance dentro del plazo de doce horas; tal resolución deberá ser confirmada por escrito y se informará al TRIBUNAL, para su conocimiento.
Cuando la Comisión de Denuncias y Quejas admita la denuncia, emplazará al denunciante y al denunciado para que comparezcan a una audiencia de pruebas y alegatos, que tendrá lugar dentro del plazo de cuarenta y ocho horas posteriores a la admisión. En el escrito respectivo se le informará al denunciado de la infracción que se le imputa y se le correrá traslado de la denuncia con sus anexos.
La adopción de medidas cautelares las deberá de acordar la Comisión de Denuncias y Quejas, en los términos establecidos en el artículo 315 de este CÓDIGO. Esta decisión podrá ser impugnada ante el TRIBUNAL.
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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