Código Electoral Artículo 352 Estado de Colima
Código Electoral Colima
Artículo 352.
Los candidatos independientes que obtengan su registro no podrán ser sustituidos en ninguna de las etapas del proceso electoral.
Estado de Colima Artículo 352 Código Electoral
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
Recomendados
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 352. Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación Federal Artículo 7. Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares Federal Artículo 375. Código Civil Ciudad de México Artículo 1983. Código Familiar Morelos Artículo 400. PETICIÓN DE CUENTAS AL REPRESENTANTE DEL AUSENTE POR LOS QUE SE ENCUENTREN EN POSESIÓN PROVISIONALPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios