Código Electoral Artículo 516 Estado de México
Código Electoral
Artículo 516.
El Instituto dentro del plazo no mayor a treinta días naturales, a partir de la recepción del expediente que le remita el Presidente de la Directiva, verificará que los nombres de quienes hayan suscrito la consulta popular aparezcan en las listas nominales de electores y que la suma corresponda en un número equivalente, al menos, al dos por ciento de la lista nominal de electores.
Una vez que se alcanzó el requisito porcentual mínimo requerido, el Instituto deberá realizar un ejercicio muestral para corroborar la autenticidad de las firmas.
Las firmas no se computarán para los efectos del porcentaje requerido cuando:
I. Se presenten nombres con datos incompletos, falsos o erróneos.
II. No se acompañen de la clave y el número identificador de la credencial de elector derivado del reconocimiento óptico de caracteres
de la credencial para votar con fotografía vigente.
III. Un ciudadano haya suscrito dos o más veces la misma consulta popular; en este caso, sólo se contabilizará una de las firmas.
IV. Las firmas que correspondan a las y los ciudadanos que ya hubieren respaldado otra consulta popular en el mismo proceso, excedan del veinte por ciento del total de firmas requeridas. En este caso, solo se contabilizará la primera firma que haya sido recibida en el Instituto.
V. Los ciudadanos hayan sido dados de baja de la lista nominal por alguno de los supuestos previstos en la respectiva Ley.
Estado de México Artículo 516 Código Electoral
Mejores juristas





qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios