Imprimir

Código Electoral Artículo 154 Estado de Michoacán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Electoral Michoacán
Artículo 154.

Para la pérdida del registro a que se refieren los incisos a) al c) del párrafo 1 del artículo anterior, la Secretaría Ejecutiva, emitirá la declaratoria correspondiente, misma que deberá fundarse en los resultados de los cómputos y declaraciones de validez respectivas de los consejos electorales de los comités municipales del Instituto, así como en las resoluciones del Tribunal, debiéndola publicar en el Periódico Oficial.

En los casos a que se refieren los incisos d) al g), del párrafo 9 del artículo relativo a las agrupaciones políticas, y e) al g) del párrafo 1 del artículo anterior, la resolución del Consejo General, sobre la pérdida del registro de una agrupación política o de un partido político, según sea el caso, se publicará en el Periódico Oficial. No podrá resolverse sobre la pérdida de registro en los supuestos previstos en los incisos e) y f) del párrafo 9 del artículo relativo de (sic) a las agrupaciones políticas y d) y e) del párrafo 1 del artículo anterior, sin que previamente se oiga en defensa a la agrupación política o al partido político interesado.

La declaratoria de pérdida de registro de un partido político o agrupación local deberá ser emitida por el Consejo General, fundando y motivando las causas de la misma y será publicada en el Periódico Oficial.

La pérdida del registro de un partido político no tiene efectos en relación con los triunfos que sus candidatos hayan obtenido en las elecciones según el principio de mayoría relativa.



Estado de Michoacán Artículo 154 Código Electoral
Artículo 1 ...152 153 154 155 156 ...330

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse