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Código Electoral y de Participación Ciudadana Artículo 428 Estado de Jalisco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código Electoral y de Participación Ciudadana Jalisco
Artículo 428.

1. La revocación de mandato podrá ser solicitada por el cinco por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, distribuidos en las dos terceras partes de los distritos o secciones electorales de la demarcación territorial que corresponda.

2. Serán causales para solicitar la revocación de mandato de un funcionario de elección popular las siguientes:

I. Violar sistemáticamente los derechos humanos;

II. Incumplir compromisos de campaña, programas, proyectos, o acciones de gobierno propuestos en su plataforma electoral, sin causa justificada, que por su naturaleza, trascendencia o cantidad sean considerados graves;

III. Incumplir en la ejecución de los programas, proyectos, o acciones de gobierno que le corresponda aplicar o ejecutar, sin causa justificada;

IV. Encubrir a sus subordinados cuando éstos incurran en actos de corrupción o de desacato a la Constitución o la ley;

V. La manifiesta incapacidad administrativa de las autoridades ejecutivas o en el desempeño de su encargo;

VI. Realizar u omitir actos que provoquen desajustes presupuestales severos que afecten el erario;

VII. No ejecutar, manipular o hacer uso ilegítimo de las decisiones de los ciudadanos, manifestadas a través de los resultados de los mecanismos de participación social vinculantes previstos en este Código; o

VI. La pérdida de confianza, debidamente argumentada.

3. La revocación de mandato sólo podrá solicitarse transcurrida la mitad del período constitucional correspondiente al ejercicio del cargo de un representante electo popularmente y hasta ciento veinte días naturales después del inicio de la segunda mitad del periodo constitucional.

4. Para solicitar la revocación de mandato de los diputados electos por el principio de representación proporcional se requiere de cuando menos el cinco por ciento del resultado de dividir el total de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores en el Estado entre el número de diputados electos por este principio, distribuidos en las dos terceras partes de los distritos electorales.



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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


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