Código Familiar Artículo 40 Estado de Zacatecas
Código Familiar Zacatecas
Artículo 40.
Cuando no se presente la copia certificada del acta de matrimonio pero hubieren comparecido ambos progenitores, se levantará el acta de nacimiento con los datos que éstos declaren, bajo protesta de decir verdad. Si ocurre uno solo de los progenitores, se procederá conforme a las reglas siguientes:
I.Si está presente el padre pero no la madre, aquel deberá declarar el nombre de la madre y los motivos de su ausencia. Si el caso fuese de los previstos en el artículo 332 de este Código, se procederá como se previene en el mismo. En los demás casos, se asentará en el acta el nombre de la madre y todos los datos pertinentes.
II.Si el padre declara que la madre falleció, deberá comprobarlo con el acta de defunción respectiva.
III.No es procedente levantar el acta de nacimiento cuando el padre manifieste que ignora el nombre de la madre. Si tal fuere su declaración, el Oficial del Registro Civil turnará el caso al Ministerio Público, para que éste determine las investigaciones pertinentes.
IV.Si comparece la madre pero no el padre, aquella podrá declarar el nombre del otro progenitor con el
consentimiento de éste u optar porque no aparezca en el acta respectiva.
V.El padre o la madre que comparecen en ningún caso tienen el derecho de dejar de reconocer a su hijo ni de hacer que su nombre sea omitido en el acta respectiva.
VI.Si la madre hubiere fallecido y el padre no estuviere presente o fuese desconocido para las personas que presentan al menor, se asentarán en el acta de nacimiento sólo los datos que obren en poder de los comparecientes, sin que sea motivo para dejar de levantar el acta que éstos no puedan aportar todos (sic) lo que normalmente contiene dicho documento.
Estado de Zacatecas Artículo 40 Código Familiar
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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
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