Código Financiero Artículo 105 Estado de México
Código Financiero México
Artículo 105.
Por los servicios prestados por la Procuraduría General de Justicia del Estado, se pagarán derechos conforme a la siguiente:
CONCEPTO
TARIFA
I. Expedición de certificados de no antecedentes penales. $139
No se pagarán estos derechos por la expedición de certificados a los elementos activos de la policía ministerial, seguridad pública estatal, municipal y los del ámbito federal, con motivo de la renovación de la licencia colectiva para la portación y uso de armas de fuego.
II. No se pagarán los derechos previstos en el artículo 73 por la expedición de:
A). Las copias certificadas que se expidan para la sustanciación de los juicios de amparo.
B). Las copias certificadas solicitadas por autoridades judiciales y administrativas.
C). Cuando las copias certificadas se expidan para la sustanciación de procedimientos penales y familiares.
D). Las copias certificadas que se expidan de actas de levantamiento de denuncias de robo de vehículos.
E). Las copias certificadas que se expidan para la sustanciación de procedimientos laborales, cuando lo solicite el trabajador.
F). Las copias certificadas que se expidan para la substanciación de cualquier procedimiento para las personas con discapacidad y de la tercera edad.
Estado de México Artículo 105 Código Financiero
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios