Código Financiero Artículo 259 Estado de México
Código Financiero México
Artículo 259.
La deuda pública se integra por:
I. La deuda pública del Estado:
A). Directa, la que contrate el Gobierno del Estado.
B). Indirecta, la que contraten sus organismos públicos descentralizados, las empresas de participación mayoritaria y fideicomisos.
C). Contingente, cualquier financiamiento sin fuente o garantía de pago definida, que sea asumida de manera solidaria o subsidiaria por el Estado con sus municipios, organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos, estatales o municipales.
II. La deuda pública de los municipios:
A). Directa, la que contraten los ayuntamientos.
B). Indirecta, la que contraten los organismos públicos descentralizados municipales, empresas de participación municipal mayoritaria y fideicomisos en los que el fideicomitente sea el propio ayuntamiento.
C). Contingente, cualquier financiamiento sin fuente o garantía de pago definida, que sea asumida de manera solidaria o subsidiaria por los municipios con sus respectivos organismos descentralizados y empresas de participación municipal mayoritaria.
Estado de México Artículo 259 Código Financiero
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