Código Financiero Artículo 353 Estado de México
Código Financiero México
Artículo 353.
Con base en los estados contables, se formulará la cuenta pública, para su presentación a la Legislatura.
Las áreas competentes de los poderes Legislativo y Judicial, así como de los organismos
electorales, de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, del Instituto de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y de la Universidad Autónoma del Estado de México, remitirán oportunamente los estados contables a que se refiere el párrafo anterior, al Poder Ejecutivo para su incorporación a la Cuenta Pública Estatal.
Estado de México Artículo 353 Código Financiero
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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