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Código Financiero Artículo 110 Estado de Tlaxcala


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código Financiero Tlaxcala
Artículo 110.

El pago de este impuesto deberá efectuarse en las instituciones de crédito autorizadas, dentro de los siguientes plazos:

I.Cuando la explotación de espectáculos públicos se realice permanentemente en establecimientos fijos, dentro de los primeros diecisiete días del mes siguiente al en que se hubiesen percibido los ingresos objeto del gravamen, presentando al efecto una declaración de los ingresos obtenidos, en las formas aprobadas, y

II.Cuando se trate de contribuyentes eventuales, deberán presentar ante la Secretaría, el boletaje correspondiente al evento o actividad a realizarse, para que se lleve a cabo su autorización previamente a su venta, para lo cual habrán de otorgar un depósito equivalente al 50 por ciento del impuesto correspondiente al total del boletaje emitido, en efectivo o mediante fianza expedida por institución legalmente autorizada y presentarse ante la Secretaría al día hábil siguiente de la realización del evento o actividad, con el boletaje sobrante en su caso, a fin de determinar los boletos vendidos y como consecuencia, la diferencia a cargo o a favor del contribuyente, con base al porcentaje establecido en este capítulo, debiendo enterar en ese mismo día el impuesto a cargo que resulte. Lo anterior, sin perjuicio de que la autoridad fiscal intervenga directamente el día de la actividad o evento.



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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


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