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Código Financiero Artículo 231 Estado de Tlaxcala


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Código Financiero
Artículo 231.

El Consejo tendrá las facultades y obligaciones siguientes:

I.Representar a los beneficiarios;

II.Difundir los beneficios de la obra o acción de beneficio social de que se trate;

III.Participar en la licitación o concurso y adjudicación de la obra, cuando se encomiende su ejecución a un tercero;

IV.Supervisar que la obra se lleve a cabo de acuerdo a los lineamientos y especificaciones establecidos en el proyecto aprobado;

V.Vigilar que se cumplan los procedimientos establecidos en este código, en cuanto al pago de las contribuciones;

VI.Promover el pago de las contribuciones de mejoras y coadyuvar en la notificación que en su caso se practique con tal finalidad;

VII.Informar a los beneficiarios de los avances de la obra y de los importes recuperados por la autoridad por ese concepto, y

VIII.Las demás que determine el reglamento respectivo



Estado de Tlaxcala Artículo 231 Código Financiero
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Los nuevos comentarios en el sitio web

Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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