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Código Financiero Artículo 530 Estado de Tlaxcala


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Financiero Tlaxcala
Artículo 530.

El Instituto de Capacitación hacendaría del Estado de Tlaxcala tiene encomendadas las siguientes funciones:

I.Actuar como consultor de las tesorerías Municipales y promover su desarrollo admi- nistrativo;

II.Capacitar a servidores públicos fiscales;

III.Formular un programa de integración y control patrimonial municipal;

IV.Actuar como Secretario Técnico de la Reunión Estatal de Servidores Públicos Hacen- darios y del Consejo Permanente de Coordinación hacendaría, a través de su direc- tor, y

V.Elaborar estadísticas y demás información que sirva de sustento para estudios y dic- támenes a los Organismos de Coordinación hacendaría que lo soliciten.



Estado de Tlaxcala Artículo 530 Código Financiero
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