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Código Financiero Artículo 114 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Financiero Veracruz
Artículo 114.

Para los efectos del ejercicio de los recursos del Fideicomiso, éste contará con un Comité Técnico que estará integrado, con voz y voto, por:

I.El Gobernador del Estado, quien lo presidirá;

II.El titular de la Secretaría de Turismo y Cultura;

III.El titular de la Secretaría de Medio Ambiente;

IV.El titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación;

V.El titular de la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario;

VI.El titular de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca;

VII.El titular de la Secretaría de Infraestructura y Obras Públicas;

VIII.El titular de la Secretaría de Protección Civil; y

IX. Siete representantes del ramo hotelero: uno por cada una de las siete regiones en que se divide el Estado, de conformidad con la Ley de Turismo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

El titular de la Contraloría General del Estado participará en el órgano de gobierno, con voz, pero sin voto, para cumplir las funciones de comisario. Los integrantes de la Comisión Permanente de Turismo del Congreso del Estado participarán también con voz, pero sin voto, en el propio órgano de gobierno.

Asimismo, a invitación del presidente del Comité Técnico, podrán asistir a las sesiones de trabajo del Comité Técnico, representantes de las dependencias e instituciones, públicas o privadas, federales o estatales, que tengan relación sustantiva con el objeto del Fideicomiso, de contribuir al fortalecimiento de una política pública orientada a difundir y mejorar la actividad turística en la entidad.

Cada titular podrá nombrar un suplente en sus ausencias. En el caso del Gobernador, será el titular de la Secretaría de Gobierno o quien éste designe.

En caso de empate en la toma de decisiones o determinaciones por parte de los integrantes del Comité Técnico, el presidente tendrá voto de calidad.

Los cargos de los integrantes en el Comité Técnico serán honoríficos, por lo que no podrán recibir emolumento alguno en su desempeño



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