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Código Fiscal Artículo 50 Estado de Campeche


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Fiscal Campeche
Artículo 50.

Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que realicen, o por los ingresos que se perciban, los contribuyentes deberán emitirlos de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, cumpliendo con los requisitos que en el referido Código se señalan. En el caso de los contribuyentes del impuesto sobre hospedaje y a las erogaciones en juegos y concursos, los comprobantes deberán de contener adicionalmente en forma expresa y por separado el monto de este impuesto.



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