Código Fiscal Artículo 145 Estado de Colima
Código Fiscal
Artículo 145.
Procederá la cancelación de los créditos fiscales:
I.- Cuando los sujetos de los créditos sean insolventes, previa comprobación de esta circunstancia por la Secretaría y siempre que medie acuerdo fundado de autoridad competente; y
(REFORMADO DECRETO 133, P.O. 73, SUP. 3, 22 NOV 2016)
II.- Cuando su importe sea menor a una unidad de medida y actualización y no se paguen espontáneamente dentro de los noventa días siguientes a la fecha en que la autoridad fiscal competente haya exigido el pago.
Si existen varios créditos fiscales del importe señalado en esta fracción a cargo de un solo deudor, procederá la acumulación de los mismos para los efectos de su cobro.
Estado de Colima Artículo 145 Código Fiscal
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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