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Código Fiscal de la Federación Artículo 80


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/06/2025

Código Fiscal de la Federación
Artículo 80.

A quien cometa las infracciones relacionadas con el Registro Federal de Contribuyentes a que se refiere el artículo 79, se impondrán las siguientes multas:

I. De$3,470.00 a $10,410.00, a las comprendidas en las fracciones I, II y VI.

II. De $4,200.00a $8,390.00, a la comprendida en la fracción III. Tratándose de contribuyentes que tributen conforme al Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la multa será de $1,400.00a $2,800.00

III. Para la señalada en la fracción IV:

a) Tratándose de declaraciones, se impondrá una multa entre el 2% de las contribuciones declaradas y $7,390.00En ningún caso la multa que resulte de aplicar el porcentaje a que se refiere este inciso será menor de $2,950.00 ni mayor de$7,390.00

b) De$900.00 a$2,060.00, en los demás documentos.

IV.De$17,370.00 a$34,730.00, para la establecida en la fracción V.

V.De$3,450.00 a$10,380.00, a la comprendida en la fracción VII.

VI.De $17,280.00a $34,570.00, a las comprendidas en las fracciones VIII, IX y X.

Artículo 80 CFF
Artículo 1o ...78 79 80 81 82 ...263

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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


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