Código Fiscal Artículo 164 Estado de Durango
Código Fiscal
Artículo 164.
Las autoridades fiscales, para hacer efectivo un crédito fiscal exigible y el importe de sus accesorios legales, emitirán mandamiento de ejecución debidamente fundado y motivado en el que se ordenará se requiera de pago al deudor; y en caso de que el deudor no efectúe el pago en el acto de la diligencia, procederán en la forma siguiente:
I. A embargar bienes suficientes para, en su caso, rematarlos, enajenarlos fuera de subasta o adjudicarlos a favor del fisco, en los términos de este ordenamiento.
II. A embargar negociaciones con todo lo que de hecho y por derecho les corresponda, a fin de obtener, mediante la intervención de ellas, los ingresos necesarios que permitan satisfacer el crédito fiscal y los accesorios legales.
Hecho lo anterior, en los casos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 158 de este Código, se le prevendrá para que dentro del plazo de 5 días siguientes a la fecha del embargo, deberá hacer el pago en la Recaudación de Rentas respectiva, apercibido que de no hacerlo, se procederá al remate de los bienes secuestrados para cubrir con su producto el crédito insoluto, así como los accesorios, gastos y vencimientos futuros a su cargo
Estado de Durango Artículo 164 Código Fiscal
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porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?
Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes
Buenos días. Les informamos que esta ya es una nueva ley, en vigor desde julio de 2025, que ha sustituido a la anterior.
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