Imprimir

Código Fiscal Artículo 19 Estado de Jalisco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código Fiscal Jalisco
Artículo 19.

La cancelación de las garantías otorgadas en los términos de este Código, a favor de la hacienda estatal, procederá en los siguientes casos:

I. Cuando se otorgue una nueva garantía que sustituya a otra, previa su calificación por parte de las autoridades fiscales;

II. Cuando se efectúe el pago total del crédito fiscal garantizado, a satisfacción de la autoridad fiscal y se emita el comprobante de pago correspondiente; y

III. Cuando en definitiva quede sin efectos la resolución que dio origen al otorgamiento de la garantía.

Para que proceda la cancelación de la garantía, el interesado deberá presentar solicitud por escrito ante la autoridad que la haya exigido o recibido, acompañando los documentos que demuestren la procedencia de la cancelación de conformidad con lo previsto en el presente artículo.

Procederá la cancelación por parte de la autoridad, aún cuando no medie solicitud del particular, en aquellos casos en que de las constancias que obren en los archivos en poder de la misma, se desprenda que se ha dado alguno de los supuestos señalados en el presente artículo.

Cuando con motivo de la naturaleza de la garantía otorgada, se haya procedido a su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, una vez hecha la cancelación de la misma, se comunicará ese acto a la oficina registral correspondiente.



Estado de Jalisco Artículo 19 Código Fiscal
Artículo 1 ...17 18 19 20 21 ...210

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse