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Código Fiscal Municipal Artículo 103 Estado de Campeche


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/08/2026

Código Fiscal Municipal Campeche
Artículo 103.

Para el establecimiento del monto determinado o determinable sobre el cual se realizará el aseguramiento de bienes del deudor, las autoridades fiscales podrán hacerlo sólo para estos efectos, presuntivamente en términos de los procedimientos establecidos o en las leyes respectivas



Estado de Campeche Artículo 103 Código Fiscal Municipal
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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