Código Fiscal Artículo 112 Estado de Nayarit
Código Fiscal Nayarit
Artículo 112.
El recurso de oposición al procedimiento administrativo de ejecución procederá:
I.- Contra actos que dicten las autoridades fiscales estatales que exijan el pago de créditos fiscales, cuando se alegue que éstos se han extinguido o que su monto real es inferior al exigido, siempre que el cobro en exceso sea imputable a la autoridad ejecutora o se refiera a recargos, gastos de ejecución o a la indemnización a que se refiere el artículo 30 de este Código;
II.- Contra actos que se dicten en el procedimiento administrativo de ejecución cuando se alegue que éste no se ha ajustado a las disposiciones legales;
III.- Cuando afecten el interés jurídico de terceros y éstos afirmen ser propietarios de los bienes o negociaciones o titulares de los derechos embargados. En este caso, podrán hacer valer este recurso en cualquier tiempo antes de que se finque el remate, se enajenen fuera de remate o se adjudiquen los bienes en favor del fisco estatal.
El tercero que afirme tener derecho a que los créditos en su favor se cubran preferentemente a los créditos fiscales estatales, lo hará valer en cualquier tiempo antes de que se aplique el importe del remate a cubrir el crédito fiscal; y
IV.- Contra los actos de las autoridades fiscales que determinen el valor de los bienes embargados.
Cuando la autoridad estatal determine contribuciones federales en cumplimiento de los convenios de coordinación y colaboración administrativa, procederán los medios de defensa establecidos en el Código Fiscal Federal.
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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