Código Fiscal Artículo 113 Estado de San Luis Potosí
Código Fiscal
Artículo 113.
Fijada la base del remate, se procederá a la convocatoria en términos del artículo 75 de este mismo ordenamiento, debiendo notificarse personalmente al deudor al menos con
setenta y dos horas de anticipación a la celebración de la almoneda. Entre la fecha de notificación del avalúo y la de la primera almoneda deberán transcurrir al menos, treinta días.
La convocatoria se fijará en sitio visible y usual de la oficina ejecutora y en los lugares públicos que se juzgue conveniente, si el valor de los bienes no excede de mil días de salario mínimo general diario de la zona.
Cuando el valor de los bienes muebles o inmuebles exceda de la citada cantidad, la convocatoria se publicará en el Periódico Oficial del Estado, y en uno de los de mayor circulación en la Entidad, dos veces, con intermedio de siete días.
En todo caso, a petición del deudor y previo pago del costo, la autoridad ejecutora podrá ordenar una publicidad más amplia, dentro del plazo señalado en el primer párrafo de este artículo.
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
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