Código Fiscal y Presupuestario Artículo 213 Estado de Puebla
Código Fiscal y Presupuestario Puebla
Artículo 213. OBJETO
Es objeto de un derecho:
I.El uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público del Municipio o de los equiparados al mismo;
II.La recepción de servicios que presta el Municipio en sus funciones de derecho público, incluso cuando se presten por organismos públicos descentralizados; y
III.La prestación de servicios exclusivos del Municipio a través de un organismo.
Estado de Puebla Artículo 213 Código Fiscal y Presupuestario
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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