Código Fiscal y Presupuestario Artículo 435 Estado de Puebla
Código Fiscal y Presupuestario Puebla
Artículo 435.
Las concesiones de servicios públicos se otorgarán por tiempo determinado. El plazo de vigencia será fijado por el Ayuntamiento e incluido en el Título de Concesión, en forma tal que durante ese lapso el concesionario amortice totalmente la inversión que deba hacer en razón directa del servicio público de que se trate.
Estado de Puebla Artículo 435 Código Fiscal y Presupuestario
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
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Ley General de Sociedades Mercantiles Artículo 246. Codigo Civil Baja California Sur Artículo 1767. Ley Nacional de Ejecución Penal Artículo 160. Cobro de la multa no pagada Codigo Civil Baja California Sur Artículo 1253.Recomendados
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