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Código Fiscal y Presupuestario Artículo 60 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Fiscal y Presupuestario Puebla
Artículo 60.

Las facultades de las autoridades para determinar la existencia de obligaciones fiscales, señalar las bases de su liquidación o fijarlas en cantidad líquida, para imponer sanciones por infracciones a las disposiciones fiscales, así como las facultades para verificar el cumplimiento o incumplimiento de dichas disposiciones, se extinguen por caducidad en el término de cinco años, no sujeto a interrupción ni suspensión. Dicho término empezará a correr a partir:

I.Del día siguiente a aquél en que hubiere vencido el plazo establecido por las disposiciones fiscales para presentar declaraciones, manifestaciones o avisos;

II.Del día siguiente a aquél en que se produjo el hecho generador del crédito fiscal, si no existiera obligación de presentar declaraciones, manifestaciones o avisos; y 

III.Del día siguiente a aquél en que se hubiere cometido la infracción a las disposiciones fiscales municipales, pero si la infracción fuere de carácter continuo, el término correrá a partir del día siguiente al en que hubiere cesado la continuidad.

*El plazo a que se refiere esta disposición, se interrumpirá por la interposición de cualquier medio de defensa, independientemente del sentido de la resolución que le recaiga.

Operará la caducidad tratándose de créditos autodeterminados o de los derivados de las facultades de comprobación de la autoridad respectiva, aun cuando se haya autorizado su pago en parcialidades, la que se computará a partir del incumplimiento.

En los casos de una prórroga legalmente concedida, el término de caducidad debe computarse a partir del día siguiente al en que se hubiere vencido el plazo autorizado.

La caducidad se interrumpirá con el inicio de las facultades de comprobación de la autoridad fiscal, incluyendo cualquier actuación de la autoridad, notificada al interesado, que tienda a precisar el hecho o hechos constitutivos de una infracción.



Estado de Puebla Artículo 60 Código Fiscal y Presupuestario
Artículo 1 ...59 bis 59 ter 60 61 61 bis ...462

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