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Código Fiscal y Presupuestario Artículo 87 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/06/2025

Código Fiscal y Presupuestario
Artículo 87.

Para proceder penalmente por los delitos fiscales previstos en este Capítulo, será necesario que previamente la Tesorería:

I.Formule denuncia o querella, tratándose de los previstos en los artículos 94, 98, 100 y 102 de este ordenamiento;

II.Declare que el fisco municipal ha sufrido o pudo sufrir perjuicio en los mismos casos;

III.En los demás casos no previstos en las fracciones anteriores, bastará la denuncia de los hechos ante el Ministerio Público;

IV.Los procesos por los delitos fiscales a que se refieren las fracciones anteriores, se sobreseerán a petición del Ayuntamiento cuando los procesados paguen las contribuciones originadas por los hechos imputados, las sanciones y los recargos respectivos o bien, estos créditos fiscales queden garantizados a satisfacción del mismo Ayuntamiento. La petición anterior se hará discrecionalmente antes que el Ministerio Público formule conclusiones y surtirá efectos respecto de las personas a que la misma se refiera; y

V.En los delitos fiscales en que sea necesaria querella o declaratoria de daño o de perjuicio y uno u otro sea cuantificable, el Ayuntamiento, hará la cuantificación previa correspondiente en la propia querella o declaratoria y presentará la definitiva durante la tramitación del proceso respectivo y hasta antes de que el Ministerio Público formule conclusiones. La citada cuantificación sólo surtirá efectos en el orden penal.



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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


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