Código Fiscal Artículo 14 Estado de Yucatán
Código Fiscal
Artículo 14.
Las contribuciones se calcularán por ejercicios fiscales, cuando así lo establezcan las leyes fiscales. El ejercicio fiscal coincidirá con el año calendario.
En el caso de que las personas físicas o morales inicien sus actividades con posterioridad al uno de enero, el ejercicio fiscal será irregular en dicho año, debiendo iniciarse el día que comiencen actividades y terminarse el treinta y uno de diciembre del año de que se trate.
En el caso de que las leyes fiscales establezcan que las contribuciones se calculen por mes, se entenderá que corresponde al mes de calendario y que son pagos definitivos.
Cuando una sociedad entre en liquidación, fusión o sea escindida, siempre que la sociedad escindente desaparezca, el ejercicio fiscal terminará anticipadamente en la fecha en que entre en liquidación, sea fusionada o se escinda, respectivamente. En el caso de liquidación de sociedades, se considerará que habrá un ejercicio por todo el tiempo en que dure este procedimiento
Estado de Yucatán Artículo 14 Código Fiscal
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
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