Código Hacendario Municipal Artículo 142 Estado de Veracruz
Código Hacendario Municipal
Artículo 142.
Los fedatarios son responsables solidarios con el contribuyente por el incumplimiento de las obligaciones que les imponen los artículos 129 y 137 de este Código. Además, deberán:
I.Comprobar que el inmueble motivo de la operación se encuentre al corriente en el pago del Impuesto Predial;
II.Hacer constar en la declaración a que se refiere el artículo 137 los datos solicitados para la identificación de los predios que permitan su regularización fiscal;
III.Insertar en las escrituras o documentos que otorguen, los datos relativos al pago de este impuesto; y
IV.Abstenerse de autorizar escritura pública alguna, en la que hagan constar operaciones de traslado de dominio de bienes inmuebles, así como la constitución o transmisión de derechos reales sobre los mismos, si no han obtenido la constancia de no adeudo
Estado de Veracruz Artículo 142 Código Hacendario Municipal
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
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