Código Municipal Artículo 168 Estado de Chihuahua
Código Municipal
Artículo 168.
Como contraprestación por los servicios administrativos proporcionados por el Municipio, se causarán los siguientes:
I. Por alineamiento de predios, asignación de número oficial, licencias de construcción y pruebas de estabilidad;
II. Por supervisión y autorización de obras de urbanización en fraccionamientos;
III. Por servicios generales en los rastros;
IV. Por legalización de firmas, certificación y expedición de documentos municipales;
V. Por ocupación de la vía pública para estacionamiento de vehículos, vendedores ambulantes;
VI. Sobre cementerios municipales;
VII. Por licencia para apertura y funcionamiento de negocios comerciales y horas extraordinarias;
VIII. Por la fijación de anuncios y propaganda comercial;
IX. Por los servicios públicos siguientes:
a) Alumbrado público;
b) Aseo, recolección y transporte de basura; y
c) Mercados y centrales de abasto;
X. Los demás que establezca la ley.
Además de los requisitos que estipule la autoridad municipal competente a fin de obtener el permiso relativo a la fracción VIII, las personas interesadas deberán constituir a favor de la Tesorería Municipal garantía suficiente que se fije para asegurar el retiro oportuno de los anuncios y propaganda comercial, de acuerdo con lo establecido por el artículo 115 de la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Chihuahua. En caso de que se cumpla con la obligación establecida en este párrafo en el tiempo señalado, se procederá a la devolución de la citada garantía.
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
oooooooooooooooo
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
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