Código Municipal Artículo 168 Estado de Chihuahua
Código Municipal Chihuahua
Artículo 168.
Como contraprestación por los servicios administrativos proporcionados por el Municipio, se causarán los siguientes:
I. Por alineamiento de predios, asignación de número oficial, licencias de construcción y pruebas de estabilidad;
II. Por supervisión y autorización de obras de urbanización en fraccionamientos;
III. Por servicios generales en los rastros;
IV. Por legalización de firmas, certificación y expedición de documentos municipales;
V. Por ocupación de la vía pública para estacionamiento de vehículos, vendedores ambulantes;
VI. Sobre cementerios municipales;
VII. Por licencia para apertura y funcionamiento de negocios comerciales y horas extraordinarias;
VIII. Por la fijación de anuncios y propaganda comercial;
IX. Por los servicios públicos siguientes:
a) Alumbrado público;
b) Aseo, recolección y transporte de basura; y
c) Mercados y centrales de abasto;
X. Los demás que establezca la ley.
Además de los requisitos que estipule la autoridad municipal competente a fin de obtener el permiso relativo a la fracción VIII, las personas interesadas deberán constituir a favor de la Tesorería Municipal garantía suficiente que se fije para asegurar el retiro oportuno de los anuncios y propaganda comercial, de acuerdo con lo establecido por el artículo 115 de la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Chihuahua. En caso de que se cumpla con la obligación establecida en este párrafo en el tiempo señalado, se procederá a la devolución de la citada garantía.
Estado de Chihuahua Artículo 168 Código Municipal
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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