Código Municipal Estado de Chihuahua
Código Municipal Estado de Chihuahua
- Artículo 1. Este Código, contiene las normas a que se sujetará la organización interior...
- Artículo 2. La actividad del gobierno municipal, se regirá también: I. Por las...
- Artículo 3. Los Municipios tendrán derecho a determinar la forma particular de su...
- Artículo 4. Sin menoscabo de la libertad municipal, los municipios deberán coordinarse...
- Artículo 5. En el Estado de Chihuahua, no habrá autoridad intermedia entre los...
- Artículo 6. Con el fin de permitir la participación de los ciudadanos en el quehacer...
- Artículo 7. La organización, desarrollo y procedimientos de las anteriores figuras, se...
- Artículo 8. El Estado de Chihuahua se divide en sesenta y siete Municipios con...
- Artículo 9. Son elegibles para el cargo de miembros de un Ayuntamiento, de Junta...
- Artículo 10. Las autoridades municipales actuarán dentro de la esfera de competencia que...
- Artículo 11. El Estado se divide en los siguientes municipios: I. AHUMADA, con...
- Artículo 12. El Congreso del Estado podrá, por el voto de los dos tercios de los...
- Artículo 13. Los centros de población de los municipios, podrán tener las categorías de...
- Artículo 14. Son habitantes del Municipio, las personas que temporal o permanentemente...
- Artículo 15. Son vecinos del Municipio, las personas que: I. Residan habitualmente...
- Artículo 16. La calidad de vecino de un Municipio se pierde por: I. Ausencia legal,...
- Artículo 17. Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular...
- Artículo 18. Cada Ayuntamiento, se instalará el día 10 de octubre de los años...
- Artículo 19. Es obligación del Ayuntamiento celebrar una sesión solemne en el período que...
- Artículo 20. El Presidente Municipal o quien lo sustituya legalmente, será del...
- Artículo 21. Las sesiones de los Ayuntamientos serán presididas por el Presidente...
- Artículo 22. El Ayuntamiento como órgano deliberante, deberá resolver los asuntos de su...
- Artículo 23. Los Ayuntamientos tendrán su residencia oficial en las cabeceras de los...
- Artículo 24. Cada sesión, se iniciará con la lectura del acta que contenga el o los...
- Artículo 25. Las actas de las sesiones del Ayuntamiento, se consignarán en un libro, que...
- Artículo 26. En todo el Estado, se dará entera fe y crédito a los actos y despachos de...
- Artículo 27. Para lo no previsto, en este Ordenamiento sobre el funcionamiento de los...
- Artículo 28. Son facultades y obligaciones de los Ayuntamientos: I. Aprobar, de...
- Artículo 29. El Presidente Municipal tendrá las siguientes facultades y obligaciones:...
- Artículo 30. Los regidores y el síndico tienen facultades de inspección y vigilancia, en...
- Artículo 31. El día de su instalación, el Ayuntamiento determinará el número de...
- Artículo 32. Cuando alguno de los Regidores de un Ayuntamiento, sin aviso y causa...
- Artículo 33. Son facultades y obligaciones de los Regidores: I. Asistir con...
- Artículo 34. La Comisión de Gobernación tendrá intervención en todas aquellas cuestiones...
- Artículo 35. La Comisión de Hacienda tendrá intervención, en todas las cuestiones...
- Artículo 36. La Comisión de Obras Públicas y Servicios Públicos intervendrá en las...
- Artículo 36 A. Los síndicos municipales tendrán a su cargo la vigilancia del...
- Artículo 36 B. El Síndico tendrá las siguientes facultades y obligaciones: I. Asistir...
- Artículo 37. Son autoridades municipales auxiliares: Las Juntas Municipales,...
- Artículo 38. El Presidente Seccional o quien lo sustituya legalmente, lo será de la Junta...
- Artículo 39. La Junta Municipal funcionará, con la asistencia de la mayoría de sus...
- Artículo 40. Las Juntas Municipales, tienen las siguientes atribuciones: I. Proponer...
- Artículo 41. Los Presidentes Seccionales, tienen las siguientes atribuciones: I....
- Artículo 42. Los Regidores seccionales, se dividirán con el presidente seccional, las...
- Artículo 43. Los comisarios de policía, son los encargados del orden y la vigilancia en...
- Artículo 44. Los miembros de las juntas municipales serán electos en escrutinio secreto...
- Artículo 45. Los Ayuntamientos, aprobarán dentro de sus respectivas jurisdicciones, de...
- Artículo 46. Los Bandos de Policía y Gobierno son las normas expedidas por el...
- Artículo 47. Son reglamentos de observancia general el conjunto de normas dictadas por el...
- Artículo 48. Son circulares, las disposiciones de carácter general, de orden interno, que...
- Artículo 49. Son disposiciones administrativas de observancia general, las normas que no...
- Artículo 50. Los Bandos de Policía y Gobierno, así como las disposiciones administrativas...
- Artículo 50 bis. La Gaceta Municipal es el medio de difusión impreso, de carácter permanente,...
- Artículo 50 ter. Todo lo relativo a la organización, archivo, difusión, publicación y proceso...
- Artículo 51. Corresponde exclusivamente al Congreso del Estado, declarar que un...
- Artículo 52. Sólo se podrá declarar que un Ayuntamiento ha desaparecido, cuando éste se...
- Artículo 53. La petición para que el Congreso del Estado, conozca de las causas a que se...
- Artículo 54. En los recesos del Congreso, la Diputación Permanente convocará a sesiones...
- Artículo 55. Si el Congreso declara que ha desaparecido el Ayuntamiento, procederá a...
- Artículo 56. Si la desaparición del Ayuntamiento, se declara dentro de los primeros seis...
- Artículo 57. Los miembros de los Ayuntamientos, podrán ser suspendidos definitivamente,...
- Artículo 58. En lo previsto en el artículo que antecede, una vez declarada la suspensión...
- Artículo 59. Cuando por cualquier otra causa, no comprendida en el artículo 57, el...
- Artículo 60. El municipio, para el despacho de los asuntos de carácter administrativo y...
- Artículo 60 bis. Los titulares de cada dependencia a que refiere el artículo anterior,...
- Artículo 61. Para ser funcionario municipal se requiere: I. Tener, por lo menos,...
- Artículo 61 bis. Para ser titular del área de seguridad pública municipal,...
- Artículo 62. El Secretario de la Presidencia Municipal, lo será del Ayuntamiento
- Artículo 63. Son atribuciones del Secretario: I. Concurrir a todas las sesiones del...
- Artículo 64. Son atribuciones del Tesorero: I. Proyectar y calcular los ingresos...
- Artículo 65. El tesorero, al iniciar sus funciones, deberá caucionar su manejo con la...
- Artículo 66. Son atribuciones del Oficial Mayor: I. Participar con el Tesorero...
- Artículo 67. Corresponde al Director de Servicios Públicos Municipales: I. Proponer...
- Artículo 68. Son atribuciones del Director de Seguridad Pública o Comandante de Policía:...
- Artículo 69. La Policía Municipal se instituye para proveer a la seguridad, tranquilidad,...
- Artículo 70. Toda persona que sea detenida por infracciones a reglamentos gubernativos o...
- Artículo 71. Son atribuciones del Director de Obras Públicas Municipales las siguientes:...
- Artículo 72. Son atribuciones del Director de Desarrollo Urbano Municipal, las...
- Artículo 73. Son atribuciones del Director de Desarrollo Rural, las siguientes: l....
- Artículo 74. Son atribuciones, del Director de Fomento Económico Municipal, las...
- Artículo 74 bis. Son atribuciones y obligaciones del Director o Jefe de Departamento de...
- Artículo 74 ter. Son atribuciones y obligaciones de la Dirección de Educación: I....
- Artículo 75. Los demás servidores públicos tendrán las facultades y obligaciones que les...
- Artículo 76. Trabajador al servicio de un Municipio es toda persona que le preste un...
- Artículo 77. En la relación laboral entre el municipio y sus trabajadores se sujetará, en...
- Artículo 78. En cada municipio existirá un Tribunal de Arbitraje, el cual podrá funcionar...
- Artículo 79. Son organismos descentralizados municipales, las personas morales creadas...
- Artículo 80. Son empresas de participación municipal mayoritaria, aquellas que satisfacen...
- Artículo 81. Son empresas de participación minoritarias, las sociedades en que el...
- Artículo 82. Quedan sujetos al control y vigilancia del Ayuntamiento, en los términos de...
- Artículo 83. En cada Municipio, deberán funcionar los comités de vecinos, en la forma y...
- Artículo 84. Los comités serán órganos de información, consulta, promoción y gestión...
- Artículo 84 bis. Los comités de vecinos, podrán solicitar a la autoridad municipal...
- Artículo 85. Cada Municipio podrá contar con un Consejo de Planeación Urbana Municipal,...
- Artículo 86. La directiva del Consejo se integrará por un Presidente que será nombrado...
- Artículo 87. El Presidente Municipal convocará a los grupos organizados de la comunidad...
- Artículo 88. El Consejo podrá citar a cuantas personas, autoridades, instituciones o...
- Artículo 89. Las sesiones del Consejo se verificarán en el lugar que designe su...
- Artículo 90. El Consejo funcionará en Pleno y con la asistencia de más de la mitad de sus...
- Artículo 91. El Consejo de Planeación Urbana Municipal, queda facultado para: ...
- Artículo 92. Están obligados a presentar declaración de situación patrimonial, bajo...
- Artículo 93. Los servidores públicos municipales están obligados a presentar su...
- Artículo 94. Las declaraciones de los servidores públicos municipales, deberán hacerse en...
- Artículo 95. En caso de no presentarse la declaración inicial o anual en los plazos...
- Artículo 96. Si no se presenta la declaración final, se impondrá al omiso una sanción...
- Artículo 97. El Ayuntamiento emitirá las bases y normas bajo los cuales el servidor...
- Artículo 98. Son aplicables supletoriamente al presente Titulo, las disposiciones de la...
- Artículo 99. Las faltas de los servidores públicos municipales podrán ser temporales o...
- Artículo 100. En ejercicio de sus funciones, el Presidente Municipal no podrá ausentarse...
- Artículo 101. El Presidente Municipal, los regidores y el síndico no podrán separarse del...
- Artículo 102. Para cubrir las faltas temporales o definitivas de los Regidores se llamará...
- Artículo 103. El patrimonio de los Municipios, lo constituyen los bienes de dominio...
- Artículo 104. Los bienes de dominio público, son los siguientes: I. Los de uso común;...
- Artículo 105. Son bienes de uso común: I. Los caminos, calzadas y puentes que no sean...
- Artículo 106. Son bienes afectos a un servicio público: I. Los inmuebles destinados a...
- Artículo 107. Son bienes de dominio privado de los Municipios: I. Los inmuebles que...
- Artículo 108. Los bienes de dominio público, son inalienables e imprescriptibles y no...
- Artículo 109. Al otorgamiento, ejecución, terminación y en general al régimen jurídico de...
- Artículo 110. Los bienes inmuebles destinados a oficinas de gobierno, que cuenten con...
- Artículo 111. Los bienes inmuebles del dominio privado del municipio son imprescriptibles...
- Artículo 112. Para la venta de bienes muebles del dominio privado municipal se requerirá...
- Artículo 113. Para la enajenación de los inmuebles a que se refiere la fracción primera,...
- Artículo 114. Los denuncios de terrenos municipales, deben presentarse mediante solicitud...
- Artículo 115. La solicitud se inscribirá en el libro correspondiente y se procederá en la...
- Artículo 116. La inscripción del denuncio debe asentarse en un libro especial autorizado...
- Artículo 117. Hecho el registro del denuncio, se ordenará la publicación de avisos, por...
- Artículo 118. Transcurrido el término de treinta días naturales contados a partir de la...
- Artículo 119. De presentarse oposición, haciendo valer la preferencia, la que podrá...
- Artículo 120. Tendrán preferencia para la adquisición de terrenos municipales: I. Los...
- Artículo 121. Los Municipios administrarán libremente su hacienda la cual se formará de...
- Artículo 122. Ningún ingreso podrá recaudarse por los municipios si no se encuentra...
- Artículo 123. La recaudación y administración de los ingresos municipales queda a cargo...
- Artículo 124. En materia fiscal y en los casos de contratos administrativos, permisos,...
- Artículo 125. La Hacienda Pública de cada Municipio para erogar los gastos de su...
- Artículo 126. Las disposiciones del Código Fiscal del Estado son aplicables, en lo...
- Artículo 127. Los impuestos y contribuciones especiales municipales gravarán: I. Los...
- Artículo 128. Es objeto de este impuesto la explotación de espectáculos públicos. Por...
- Artículo 129. Son sujetos de este impuesto las personas físicas o morales que ordinaria o...
- Artículo 130. Servirán de base para el pago del impuesto, los ingresos obtenidos por la...
- Artículo 131. El impuesto sobre espectáculos públicos se pagará en la Tesorería Municipal,...
- Artículo 132. El impuesto sobre espectáculos públicos se causará conforme a las bases...
- Artículo 133. Los Ayuntamientos propondrán al Congreso del Estado, en su Proyecto de Ley...
- Artículo 134. Los espectáculos autorizados en la vía pública se realizarán en las calles...
- Artículo 135. En los casos en que proceda la devolución de las entradas se observará lo...
- Artículo 136. Se deroga
- Artículo 137. Cuando los espectáculos se efectúen en lugares que tengan número determinado...
- Artículo 138. El Presidente Municipal podrá ordenar la suspensión del espectáculo, cuando...
- Artículo 139. Es objeto de este impuesto, la celebración de juegos, rifas o loterías, de...
- Artículo 140. Son sujetos de este impuesto, las personas físicas o morales que organicen o...
- Artículo 141. Constituye la base de este impuesto, el valor total de los ingresos...
- Artículo 142. Las personas que obtengan permisos de las autoridades competentes para...
- Artículo 143. El Presidente Municipal podrá impedir la celebración de juegos, rifas o...
- Artículo 144. Este impuesto, se causará a la tasa del diez por ciento sobre el importe del...
- Artículo 145. Es objeto de este impuesto: I. La propiedad o posesión de predios...
- Artículo 146. Son sujetos de este impuesto: I. Con responsabilidad directa: a)...
- Artículo 147. Los sujetos del impuesto, están obligados a manifestar a la Tesorería...
- Artículo 148. La base del impuesto es el valor catastral del inmueble, determinado por lo...
- Artículo 149. El impuesto se determinará anualmente, conforme a las siguientes tarifas:...
- Artículo 150. Están exentos del pago del Impuesto predial, los bienes del dominio público...
- Artículo 151. El pago del impuesto será bimestral, debiendo efectuarse dentro del período...
- Artículo 152. En el caso de terrenos no empadronados o construcciones no manifestadas ante...
- Artículo 153. Toda estipulación privada, relativa al pago del impuesto, que se oponga a lo...
- Artículo 154. La autoridad municipal está obligada a proporcionar al contribuyente,...
- Artículo 155. Es objeto del Impuesto sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles, la...
- Artículo 156. Son sujetos de este impuesto las personas físicas o morales que adquieran...
- Artículo 157. Para los efectos de este impuesto se entiende por adquisición, la que derive...
- Artículo 158. Será gravable del impuesto, lo que resulte mayor de: I. El...
- Artículo 159. La tasa del impuesto es del dos por ciento sobre la base gravable....
- Artículo 160. El pago del impuesto deberá hacerse en la Tesorería Municipal del lugar...
- Artículo 161. En las adquisiciones que se hagan constar en escritura pública, los...
- Artículo 162. La declaración a que se refiere el primer párrafo del artículo anterior, la...
- Artículo 163. Transcurrido el plazo, sin que se acredite el pago del impuesto, los...
- Artículo 164. En los casos de adquisición de inmuebles, en virtud de actos o resoluciones...
- Artículo 165. Los plazos que establecen los artículos anteriores, se interrumpirán...
- Artículo 165 bis. Los Contribuyentes de los impuestos Predial y Sobre traslación de Dominio de...
- Artículo 166. La contribución especial sobre pavimentación, repavimentación, reciclado,...
- Artículo 167. Los Notarios no autorizarán, ni los registradores inscribirán actos o...
- Artículo 168. Como contraprestación por los servicios administrativos proporcionados por...
- Artículo 169. Los derechos se recaudarán, tomando como base los conceptos autorizados de...
- Artículo 170. Es objeto del derecho por alineamiento de predios, la autorización que...
- Artículo 171. Es objeto de este derecho, la autorización para la ejecución de obras de...
- Artículo 172. Son sujetos de este derecho, las personas físicas o morales, que dentro del...
- Artículo 173. Son objeto de derechos sobre cementerios municipales, la prestación de los...
- Artículo 174. Son objeto de derechos por servicios generales en los rastros municipales,...
- Artículo 175. Es objeto de este derecho, el servicio de alumbrado público que el municipio...
- Artículo 176. El derecho de alumbrado público se liquidará bimestralmente o, en su caso,...
- Artículo 177. Son objeto de este derecho, el aseo de los lugares de uso común, la...
- Artículo 177 bis. Los propietarios de predios baldíos o no edificados, de viviendas,...
- Artículo 178. Son objeto de este derecho, los servicios que preste el Departamento de...
- Artículo 179. La prestación de los servicios públicos constituye la atribución primordial...
- Artículo 180. Las funciones y servicios públicos municipales, son los siguientes: I....
- Artículo 181. Los servicios públicos, se prestarán de preferencia por la administración...
- Artículo 182. Las concesiones de servicios públicos municipales a particulares, se...
- Artículo 183. Las concesiones a que se refiere el artículo anterior se sujetarán a las...
- Artículo 184. Las concesiones terminan: I. Por conclusión del plazo; II. Por...
- Artículo 185. El Ayuntamiento podrá, en atención del interés público, revocar unilateral y...
- Artículo 186. Las concesiones caducan: I. Cuando no se inicie la prestación del...
- Artículo 187. La concesión se rescindirá por falta de cumplimiento de las demás...
- Artículo 188. La concesión será anulable cuando se haya otorgado: I. Por autoridades,...
- Artículo 189. Habrá municipalización de servicios cuando el Municipio asuma la...
- Artículo 190. Se municipalizarán los servicios en los siguientes casos: Cuando la...
- Artículo 191. Decretada la municipalización, el Ayuntamiento podrá solicitar al Ejecutivo...
- Artículo 192. Los bienes afectos a la prestación del servicio, son propiedad del...
- Artículo 193. Cuando se decrete la nulidad, caducidad o rescisión de las concesiones, los...
- Artículo 194. Las concesiones podrán prorrogarse si el Ayuntamiento lo considera...
- Artículo 195. El procedimiento administrativo para la revocación, rescisión, caducidad y...
- Artículo 196. A las notificaciones y términos a que alude este título se aplicarán en lo...
- Artículo 197. La administración municipal deberá sujetar su actuación a las facultades que...
- Artículo 198. Los actos que dicten las autoridades municipales, pueden impugnarse mediante...
- Artículo 199. El recurso será de reconsideración, cuando el propio Ayuntamiento resuelva...
- Artículo 200. Los actos de las autoridades municipales, se presumen legales; en...
- Artículo 201. La interposición del recurso, no suspende la ejecución del acto, sin embargo...
- Artículo 202. La suspensión, podrá ser solicitada en cualquier tiempo ante la autoridad...
- Artículo 203. La tramitación de los recursos administrativos, en contra de actos de las...
- Artículo 204. A los juicios de oposición que se promuevan en relación a los asuntos...
- Artículo 205. Las infracciones a las leyes, reglamentos y demás disposiciones de la...
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
hola, buen día, te comparto: la aseguradora,debe actuar profesionalmente y de buena fe, garantizando el derecho de información del usuario del servicio de seguro, de ahí que tenga sus propios formatos de AVISO DE ACCIDENTE, AVISO DE ENFERMEDAD, SOLICITUD DE REEMBOLSO, SOLICITUD DE PAGO DIRECTO, etc. es decir, mediante, como señalaron las autoridades.
La aseguradora, si bien tiene derecho de solicitar informaciones y documentación relativos a las circunstancias del siniestro, también tiene obligación de procurar claridad y precisión en la comunicación que entabla con ese fin.
La empresa no puede estar solictando en forma gradual, detenida, pausada informaciones o documentos, pues ello hace presumir que está actuando con dolo para evadir sus obligaciones contractuales o por lo menos entorpecerlas y dilatarlas, complicando las circunstancias a su asegurado de manera injusta.
Lo anterior, además de ser evidente, encuentra fundamento, entre otros, en los principios de seguridad jurídica y de buena fe, el que obliga tanto al asegurado como a la aseguradora a actuar con lealtad y honestidad.
La aseguradora no puede solicitar información irrelevante o excesiva bajo pretexto de investigar el siniestro.
Las aseguradoras no pueden abusar del derecho a solicitar información.
No pueden exigir datos que no sean necesarios para la evaluación del siniestro o que sean desproporcionados respecto a los hechos del caso.
Cualquier información solicitada debe ser adecuada, pertinente y no excesiva (partiendo de lo pactado en las cláusulas del contrato)
Aunque el artículo 69 de la Ley sobre el Contrato de Seguro otorga a las aseguradoras el derecho de pedir información sobre las circunstancias de un siniestro, este derecho está limitado por principios constitucionales, legales y contractuales que protegen al asegurado contra solicitudes excesivas o invasivas.
Las aseguradoras no pueden solicitar información irrelevante o desproporcionada y deben actuar con honestidad y razonabilidad.
En la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares se regula cómo las empresas, incluidas las aseguradoras, pueden solicitar, manejar y proteger los datos personales.
Las aseguradoras deben asegurarse de que cualquier solicitud de información sea realmente necesaria, adecuada, relevante y no excesiva para los fines del contrato de seguro.
En el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se garantiza el derecho a la privacidad y la protección de datos personales. Esto implica que las aseguradoras no pueden exigir información que viole la intimidad del asegurado o que no sea estrictamente necesaria para la gestión del siniestro.
Las aseguradoras no pueden realizar prácticas abusivas o desproporcionadas al solicitar información sobre un siniestro. Las solicitudes deben estar justificadas y ser proporcionales al siniestro investigado.
El derecho de solicitar información sobre las circunstancias de un siniestro, está limitado por principios de buena fe, leyes de protección de datos personales, derechos constitucionales a la privacidad, y el marco contractual específico.
Las solicitudes deben ser pertinentes, razonables y no deben violar en ningún momento los derechos fundamentales de ninguna persona.
FUNDAMENTO
Ley sobre el Contrato de Seguro
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP)
Jurisprudencia y principio generales de derecho.
Otros
saludos;
LIC. MARÍA CARIDAD P. NAVARRO.
Muy importante e interesante
AYUDA no entiendo materia d legislacion fiscal
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
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