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Código Municipal Artículo 118 Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código Municipal Chihuahua
Artículo 118.

Transcurrido el término de treinta días naturales contados a partir de la fecha de la última publicación, sin haberse presentado oposición, se procederá en la forma siguiente:

I. La persona comisionada por la Dirección de Obras Públicas, o dependencia competente, auxiliada del perito que para el efecto nombrará el Presidente practicará, con citación de los colindantes, la mensura del terreno de que se trate;

II. Se prevendrá al perito para que dentro del término de ocho días naturales, contados desde la fecha de la mensura, exhiba los planos correspondientes y rinda un informe que contenga minuciosa relación de las operaciones practicadas, así como un acta, en que conste la conformidad de los colindantes o los incidentes que se hayan suscitado con motivo de los trabajos;

III. Una vez recibida la documentación o los planos de referencia y depositada en la Tesorería Municipal la cantidad que como importe del terreno se encuentre fijada en la tarifa o exhibido el convenio de pago correspondiente, se remitirá a la dependencia municipal encargada para que en un término de treinta días naturales presente al Presidente Municipal su estudio y en su caso, su aprobación técnica;

IV. Tan luego como el Presidente Municipal reciba el expediente aprobado, lo remitirá al Ayuntamiento para su autorización; y

V. Una vez autorizado el denuncio, el Presidente Municipal expedirá el título de propiedad, en el que se deberá fijar al adquirente un plazo improrrogable de dos años para que habite el predio denunciado, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento, la propiedad volverá al patrimonio del municipio.

 El título se inscribirá en el Registro Público de la Propiedad por el municipio, a costa del interesado y se harán constar expresamente en la inscripción las obligaciones a que se refiere la fracción V de este artículo y las demás previstas en las leyes y reglamentos.



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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


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