Código Municipal Artículo 132 Estado de Chihuahua
Código Municipal Chihuahua
Artículo 132.
El impuesto sobre espectáculos públicos se causará conforme a las bases siguientes:
|
CONCEPTO: |
MÍNIMA |
MÁXIMA |
|
|
|
|
|
1. Becerradas, novilladas y jaripeos: |
8% |
15% |
|
|
|
|
|
2. Box y lucha: |
10% |
18 % |
|
|
|
|
|
3. Carreras: de caballos, perros, automóviles, motocicletas, bicicletas y otras: |
10% |
18 % |
|
|
|
|
|
4. Cinematográficos: |
4% |
8% |
|
|
|
|
|
5. Circos: |
4% |
8 % |
|
|
|
|
|
6. Corridas de toros y peleas de gallos: |
10% |
18% |
|
|
|
|
|
7. Espectáculos teatrales, revistas, variedades, conciertos y conferencias: |
4 % |
8% |
|
|
|
|
|
8. Exhibiciones y concursos: |
8% |
15 % |
|
|
|
|
|
9. Espectáculos deportivos: |
4% |
8% |
|
|
|
|
|
10. Los demás espectáculos: |
8% |
15% |
Estado de Chihuahua Artículo 132 Código Municipal
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
que procede si la instituciòn del issste sigue dando licencias medicas a un trabajador que ya rebaso los dìas permitidos con goce de sueldo y no le hacen descuento de su salario, esta persona sigue faltando al trabajo porque la licencia la respalda pero ya rebaso los dìas permitidos de acuerdo al art, 37.
Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
Leer de nuevo
Código de Procedimientos Penales Oaxaca Artículo 371. Código de Procedimientos Civiles Tlaxcala Artículo 643. Código Civil Coahuila Artículo 2961.Recomendados
Código de Procedimientos Civiles México Artículo 5.17. Suspensión de la audiencia Código Familiar Morelos Artículo 378. DESIGNACIÓN DE DEPOSITARIO, Y PLAZO PARA COMPARECENCIA DEL DESAPARECIDO E IGNORADO Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos Artículo 24. Código Civil Sinaloa Artículo 2147. Código Municipal Coahuila Artículo 402.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios