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Código Municipal Artículo 145 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Municipal Coahuila
Artículo 145.

El proceso de planeación del desarrollo municipal involucrará la participación de los gobiernos federal, estatal y municipal, para lo cual se establecerán los mecanismos e instrumentos de coordinación que sean necesarios como el Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Coahuila (COPLADEC), el Convenio de Desarrollo Social (CDS), el Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEM), y el Convenio de Coordinación Estado-Municipio u otros órganos y mecanismos de coordinación.



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