Código Municipal Artículo 163 Estado de Tamaulipas
Código Municipal Tamaulipas
Artículo 163.
En casos excepcionales y debidamente justificados, el Ayuntamiento podrá autorizar que se celebren contratos de obras y servicios públicos, de adquisiciones o de otra índole estrictamente necesarios, que rebasen las asignaciones presupuestales aprobadas para el año, pero en estos casos, los compromisos excedentes no cubiertos, deberán preverse en el presupuesto de egresos del año siguiente
Estado de Tamaulipas Artículo 163 Código Municipal
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Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
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jose
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
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