Imprimir

Código para el Desarrollo Sustentable Artículo 233 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/08/2026

Código para el Desarrollo Sustentable Tamaulipas
Artículo 233.

1. Cuando la superficie de alguna de las áreas de refugio para proteger especies acuáticas coincida con el polígono de algún área natural protegida, el programa de protección respectivo deberá compatibilizarse con los objetivos generales establecidos en la declaratoria correspondiente y en el programa de manejo del área natural protegida en cuestión.

2. En los casos a que se refiere el párrafo anterior, corresponderá a la Agencia Ambiental llevar a cabo la coordinación de las medidas de manejo y conservación establecidas en el programa de protección.  



Estado de Tamaulipas Artículo 233 Código para el Desarrollo Sustentable
Artículo 1 ...231 232 233 234 235 ...320

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse