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Código para el Desarrollo Sustentable Artículo 51 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/05/2025

Código para el Desarrollo Sustentable
Artículo 51.

1. Los programas de ordenamiento ecológico a que se refiere el presente capítulo serán considerados en forma obligatoria por las autoridades administrativas dentro de sus correspondientes ámbitos de competencia, cuando resuelvan acerca del aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, del uso del suelo, de la localización de las actividades productivas y de los asentamientos humanos, conforme a lo establecido por este Código, su Reglamento y demás ordenamientos aplicables.

2. Una vez expedidos los programas de Ordenamiento Ecológico por parte del Estado, en coordinación con los Ayuntamientos respectivos, se publicarán en forma abreviada en el Periódico Oficial del Estado.

3. Para la modificación de los programas de ordenamiento ecológico, se requerirá el mismo procedimiento que se establece para su formulación y expedición. 



Estado de Tamaulipas Artículo 51 Código para el Desarrollo Sustentable
Artículo 1 ...49 50 51 52 53 ...320

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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


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