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Código Penal Artículo 119 Estado de Aguascalientes


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2025

Código Penal Aguascalientes
Artículo 119. Violación

La Violación consiste en realizar cópula con persona de cualquier sexo, utilizando fuerza física, moral o psicológica, para lograr el sometimiento de la víctima.

Al responsable de Violación se le aplicarán de 10 a 16 años de prisión y de 100 a 200 días multa y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados. Si la víctima es mayor de 12 años pero menor de 18 años de edad, al responsable se le aplicarán de 12 a 18 años de prisión y de 150 a 250 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.

Si entre el activo y pasivo de la Violación, existiera un vínculo matrimonial o de concubinato, se impondrá la pena prevista en el presente Artículo; y en su caso, el aumento de sanción prevista en el Artículo 124 de este Código.

Para los efectos de este Código, se entiende por cópula la introducción del pene en el cuerpo humano, por vía vaginal, anal u oral.



Estado de Aguascalientes Artículo 119 Código Penal
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


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